Legislativo
Monumentos Nacionales.
Proyecto de ley modifica la Ley sobre Monumentos Nacionales para que, durante eventos, ferias u otras actividades públicas o comunitarias las municipalidades garanticen que no se afectarán o dañarán los monumentos nacionales.
La modificación persigue que se establezca una prohibición a los Municipios, para que éstos, en el ejercicio legítimo de sus funciones y atribuciones de relacionamiento con la comunidad, no afecten o dañen la integridad material o visual de los monumentos nacionales durante la realización de eventos, ferias, prestación de servicios u otras actividades públicas.

La moción, patrocinada por los senadores Manuel José Ossandón y Kenneth Pugh, propone modificar la ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales, con el objeto de prohibir y sancionar la afectación o daño a los monumentos nacionales, históricos o públicos, por parte de las Municipalidades, de modo que no se afecte el valor intrínseco de los mismos, mediante el descuido o la comisión de incivilidades que alteren de cualquier forma su integridad material o visual.
La iniciativa expone que las Municipalidades, en su calidad de gobiernos comunales y en su rol de relacionamiento con la comunidad local, realizan diversas funciones y actividades con el objeto de satisfacer las necesidades de sus respectivos territorios y de participar en el progreso económico, social y cultural de las comunas, según lo establece la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Agregan que, en el ejercicio de dichas facultades y atribuciones, los municipios no sólo se desempeñan en barrios o sectores específicos, sino también en espacios centrales de sus respectivas comunas, tales como plazas de armas, plazoletas, parques, paseos peatonales, zócalos o explanadas, bandejones, centros cívicos o frontis de edificios, instalando para ello infraestructura o materiales asociados a las respectivas actividades, como por ejemplo, toldos, módulos, escenarios, áreas de atención, encarpados, cierres perimetrales, etc., siendo común o natural que esas tareas se desarrollen en lugares destinados al uso público, entendiendo que estos últimos forman parte, precisamente, del espacio comunal y están situados en zonas que permiten lograr un mayor impacto en la ciudadanía, llegando a una mayor cantidad de habitantes.
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