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Legislativo

Contaminación lumínica y zona de amortiguación astronómica

Proyecto de Ley busca proteger el cielo nocturno de Chile

Diputados proponen medidas para preservar la calidad de la observación astronómica y combatir la contaminación lumínica. Iniciativa establece definiciones, principios, sanciones y otras medidas, para promover una iluminación responsable.

Por Elke von Loebenstein·30 de agosto de 2025·4 min de lectura
Imagen: lco.cl
Imagen referencial

La moción, patrocinada por los Diputados Daniel Melo (A), Jaime Araya, Arturo Barrios, Félix González y Daniel Manouchehri, junto a las Diputadas Danisa Astudillo, Daniella Cicardini, Camila Musante, Clara Sagardia y Marisela Santibáñez, busca proteger el cielo nocturno de nuestro país a fin de preservar la calidad de la observación astronómica, científica, cultural y educativa.

Exponen los autores de la iniciativa que Chile es líder mundial en astronomía gracias a sus condiciones geográficas y atmosféricas, lo que ha permitido importantes descubrimientos científicos. Por ello es posible sostener que el cielo nocturno es parte del patrimonio natural, científico, educativo y cultural trascendental para toda la vida en el planeta.

Sin perjuicio de lo anterior, reconocen que existen problemas debido a que actualmente la iluminación artificial produce contaminación lumínica, lo que afecta la observación del cosmos; además, la ausencia de protección de la oscuridad del cielo provoca en las personas una disminución natural de la melatonina y un aumento de cortisol, provocando trastornos de sueño, depresión, obesidad, algunos tipos de cáncer, entre otras afectaciones sanitarias; y se sostiene que la contaminación señalada genera una alteración en el ciclo día-noche, el cual produce graves consecuencias en la conservación de los equilibrios ecosistémicos.

Hacen presente que, a pesar de las consecuencias descritas, han surgido iniciativas industriales que amenazan y aumentan la contaminación lumínica y atmosférica, evidenciando con ello la falta de regulación efectiva para compatibilizar el desarrollo energético con la conservación de los cielos oscuros.

Estiman, por tanto, que es necesario establecer principios, definiciones, y aplicar otras medidas destinadas a la protección del cielo nocturno, para lo cual proponen que se apruebe un proyecto de ley de 8 artículos y una disposición transitoria a tal fin.

Entre los principios básicos que guiarán la aplicación de esta normativa, mencionan: principio precautorio a fin de que se tomen medidas preventivas si existe riesgo de daño irreversible; principio de sustentabilidad para exigir que las actividades humanas sean compatibles con la conservación del cielo nocturno y con el patrimonio natural; principio de corresponsabilidad para que el deber de protección recaiga sobre el Estado, la sociedad civil y el sector privado; y principio de jerarquía astronómica para que en las zonas prioritarias destinadas a la astronomía prevalezca el interés científico sobre otros usos que generen contaminación lumínica.

El proyecto define algunos conceptos, tales como, cielo nocturno, contaminación lumínica, zona de amortiguación astronómica e iluminación responsable con el objeto de evitar vacíos interpretativos, entre otros.

Asimismo, la iniciativa le otorga facultades a los municipios en cuya jurisdicción existan zonas definidas como prioritarias para la observación astronómica, para que incluyan restricciones en sus planes reguladores, dicten ordenanzas sobre luminarias y horarios de uso, coordinen proyectos urbanos con la OPCC y promueva la educación ambiental sobre el cielo nocturno.

El proyecto de ley fija parámetros técnicos claros para un uso responsable de la iluminación y se le asigna a un reglamento la tarea de definir los tipos de iluminaria, límites máximos de intensidad, horarios de encendido y apagado (según el uso del suelo) y criterios ambientales para evaluar proyectos con luz artificial.

Junto con lo anterior, define las Zonas de Amortiguación Astronómica como “el perímetro geográfico que rodea un sitio prioritario para la observación del cielo nocturno”, cuya delimitación considera topografía, ubicación de instrumentos, proyección de luz urbana y estudios técnicos. Dentro de estas zonas se prohíbe la instalación de luminarias con emisión superior al plano horizontal, las nuevas infraestructuras deberán cumplir ciertos estándares definidos por el reglamento y los proyectos se someterán a una evaluación ambiental con criterios lumínicos especiales, fomentándose el reemplazo progresivo de luminarias contaminantes por sistemas de iluminación adaptativa y de baja temperatura de color.

Además, la iniciativa propone sanciones administrativas en caso de incumplimientos de las obligaciones establecidas en el artículo 4 de la ley, lo cual se traduce en multas de 10 a 500 UTM, suspensión temporal o revocación de permisos de funcionamiento en caso de reincidencia, y clausura de instalaciones lumínicas que excedan los limites técnicos fijados por el reglamento. Las sanciones serán aplicadas por la Superintendencia del Medio Ambiente o por el organismo competente.

Finalmente, el proyecto de ley modifica la ley N°19.300 para someter a una evaluación de impacto ambiental a todo proyecto que genere luz en áreas sensibles.

Los parlamentarios ponen de relieve que la UNESCO ha considerado la observación del cielo nocturno como una prerrogativa jurídica denominada “el derecho a los cielos oscuros”.

El proyecto de ley, que cumple su primer trámite constitucional en la Cámara de Diputadas y Diputados, pasó inicialmente para su estudio a la Comisión de Medio ambiente y Recursos Naturales, pero a solicitud del Diputado Benjamín Moreno, la Sala acordó remitirlo a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, en calidad de comisión técnica.

Vea texto moción Boletín N°17.673-12 y siga su tramitación aquí.

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