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Legislativo

Moción

Proyecto de ley busca incorporar “sellos” y rotulación más clara en alimentos para mascotas

La iniciativa propone modificar la Ley N°20.606 para exigir información nutricional más comprensible en alimentos para animales, incluyendo advertencias por altos niveles de sodio, tablas de porciones según peso y edad, y etiquetados similares a los utilizados en alimentos de consumo humano.

Por Elke von Loebenstein·18 de mayo de 2026·4 min de lectura
Imagen: lanovus.com
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En la Cámara de Diputadas y Diputados ingresó un proyecto de ley, de la que es autora la diputada Marcela Hernando, que busca fortalecer la regulación sobre etiquetado y composición nutricional de alimentos para animales, incorporando nuevas exigencias de rotulación clara, sellos de advertencia y mayores estándares de información para consumidores.

La iniciativa propone modificar la Ley N°20.606, sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad, extendiendo parte de sus principios al ámbito de los alimentos destinados al consumo animal.

Entre sus fundamentos, el proyecto destaca que los animales de compañía “son parte de nuestras vidas” y que en muchos hogares ocupan “un lugar profundamente significativo”, entregando compañía, apoyo emocional y bienestar a las personas. “Más que animales, son parte de la familia”, sostiene expresamente el texto.

La moción agrega que avanzar en mejores condiciones de vida para mascotas constituye “una tarea permanente” de las políticas públicas y recuerda avances legislativos previos como la Ley N°21.020, sobre tenencia responsable de mascotas, conocida como “Ley Cholito”. Sin embargo, advierte que aún existen materias pendientes relacionadas con la protección de la alimentación animal.

Según expone el proyecto, actualmente la información nutricional contenida en los alimentos para mascotas suele presentarse “en un lenguaje técnico, que dificulta muchas veces su comprensión práctica”, situación que impide a consumidores comprender adecuadamente la composición real de los productos.

Como ejemplo, la iniciativa menciona el caso del sodio, señalando que muchas veces aparece bajo denominaciones técnicas como “cloruro de sodio” o diluido dentro de categorías generales como “cenizas” o minerales totales, dificultando identificar su cantidad exacta. “Resulta fundamental que, al momento de seleccionar un alimento, el consumidor pueda asegurarse de que cuenta con garantías respecto de su información nutricional y su inocuidad”, sostiene el texto.

La propuesta advierte además que la legislación chilena debe avanzar hacia estándares que permitan comprender no sólo el porcentaje de ingredientes presentes en los alimentos, sino también si esos niveles son saludables según factores como edad, peso u otras condiciones particulares del animal.

En esa línea, el proyecto plantea incorporar sistemas visuales similares a los “sellos” utilizados actualmente en alimentos para consumo humano, permitiendo identificar fácilmente si un producto presenta altos niveles de sodio, grasas, azúcares u otros componentes.

La iniciativa también subraya la relevancia de una alimentación adecuada para la salud y longevidad de los animales, indicando que la nutrición animal requiere “un conocimiento profundo de los nutrientes esenciales” como proteínas, minerales, vitaminas, energía y agua.

Asimismo, la moción cuestiona que el actual Decreto N°4 del Ministerio de Agricultura —vigente desde 2017— no contemple exigencias suficientemente detalladas y comprensibles sobre información nutricional. Según el texto, la normativa actual no obliga a informar claramente calorías, energía metabolizable, porcentaje exacto de sodio o distintos tipos de grasas presentes en los alimentos para mascotas.

El proyecto agrega que las instrucciones de uso también resultan excesivamente genéricas, ya que no existen formatos estandarizados que permitan orientar adecuadamente a consumidores respecto de porciones según peso o edad de la mascota.

En esa línea, la iniciativa advierte que muchas personas utilizan un mismo alimento para distintas especies animales pese a que perros y gatos poseen requerimientos nutricionales distintos, situación que —afirma el texto— se ve favorecida por la ausencia de información clara y accesible.

La moción sostiene además que actualmente la elección de alimentos para mascotas suele realizarse “bajo criterios más relacionados con el marketing que con un criterio técnico que resguarde el bienestar de los animales”.

Por ello, el proyecto señala que “es necesario contar con la información relevante para evitar problemas como la obesidad o enfermedades asociadas a una dieta inadecuada en animales”.

En concreto, la propuesta incorpora un nuevo artículo 9 ter a la Ley N°20.606, estableciendo que fabricantes, productores, distribuidores e importadores de alimentos para animales serán responsables de que la información contenida en los rótulos sea “de fácil entendimiento, íntegra y veraz”.

Asimismo, el nuevo artículo 9 quater obligaría a informar claramente ingredientes, aditivos y composición nutricional, junto con incorporar tablas de porciones según edad y peso del animal.

Respecto del sodio, el proyecto establece que deberá declararse “de forma clara e independiente” en la tabla nutricional, indicando además el máximo diario recomendado y las porciones correspondientes. Si el producto presenta altos niveles de sodio, deberá incluir un sello de advertencia similar al utilizado en alimentos humanos, acompañado de una leyenda sobre riesgos asociados, especialmente en animales con problemas cardíacos o renales.

La propuesta también contempla que un reglamento determine el formato, tamaño, colores y características de etiquetas y rótulos, procurando que la información sea visible y fácilmente comprensible para la población.

Finalmente, el proyecto regula el ingreso de alimentos para animales producidos en el extranjero, estableciendo que deberán cumplir las nuevas exigencias de etiquetado para poder comercializarse en Chile, salvo casos excepcionales autorizados especialmente por la autoridad competente.

Vea texto moción Boletín N°18.190-11 y siga su tramitación aquí.

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