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Legislativo

Lavado de activos

Proyecto de ley busca agravar sanciones por incumplimientos ante la UAF

La iniciativa ingresada al Senado propone modificar la Ley N°19.913 y la Ley de Delitos Económicos para establecer multas más severas cuando el incumplimiento de sujetos obligados facilite delitos de lavado de activos, y sancionar a entidades donde dependientes participen sistemáticamente en blanqueo de capitales, aun existiendo cumplimiento formal de instructivos de la UAF o la CMF

Por Elke von Loebenstein·30 de junio de 2026
Imagen: BioBioChile
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Ingresó al Senado un proyecto de ley que busca agravar las sanciones aplicables en materia de lavado de activos, mediante modificaciones a la Ley N°19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero, y a la Ley N°21.595, sobre Delitos Económicos.

La iniciativa patrocinada por la senadora Alejandra Sepúlveda y el senador Esteban Velásquez, propone incorporar un régimen sancionatorio diferenciado para los sujetos obligados ante la UAF, según si el incumplimiento de sus deberes facilitó o no la comisión de un delito de lavado de activos.

El proyecto también busca sancionar a las entidades al interior de las cuales personas dependientes participen de forma sistemática en el blanqueo de activos, incluso cuando exista cumplimiento formal de los instructivos de la Unidad de Análisis Financiero y de la Comisión para el Mercado Financiero.

En los fundamentos de la moción, sus autores señalan que, si bien en el último tiempo se han intensificado los esfuerzos legislativos para combatir la criminalidad organizada y el narcotráfico, la reciente detención de ejecutivos bancarios que habrían facilitado esquemas de lavado de activos revela la necesidad de revisar los incentivos aplicables a los sujetos obligados a informar operaciones sospechosas.

A juicio de los parlamentarios, el proyecto de inteligencia económica actualmente en tramitación, que también contempla un aumento de sanciones asociadas a la falta de reporte ante la UAF, tiene un enfoque orientado a la coordinación institucional, pero no aborda con suficiente profundidad los incentivos individuales de dichos sujetos.

Por ello, la moción propone introducir tres modificaciones a la Ley N°19.913. La primera incorpora una presunción de conocimiento, conforme a la cual se entenderá que el sujeto obligado conocía las instrucciones de la UAF cuando estas sean de aplicación general, sin necesidad de acreditarlo caso a caso.

La segunda modificación agrega un artículo 20 bis, que sanciona con mayor gravedad las infracciones que hayan permitido o facilitado la comisión de alguno de los delitos contemplados en el artículo 27 de la misma ley. En esos casos, la multa será equivalente a tres veces el valor máximo previsto para la infracción respectiva.

La norma propuesta añade que, si las infracciones son reiteradas, la multa podrá ascender hasta el doble de ese monto triplicado, sin perjuicio de las responsabilidades penales que correspondan.

La tercera modificación incorpora un artículo 20 ter, que establece una sanción especial para los casos en que personas dependientes de un sujeto obligado, conforme al artículo 3° de la Ley N°19.913, participen en delitos de lavado de activos de manera sistemática y sostenida por un período superior a doce meses.

La disposición se aplicará aun cuando la entidad haya cumplido formalmente con los instructivos de la UAF o de la Comisión para el Mercado Financiero y con los modelos de gestión de riesgos exigidos. En tales casos, la infracción será calificada como falta grave y podrá sancionarse con amonestación y multa de entre 15.000 y 30.000 unidades de fomento.

El proyecto precisa que, si la infracción es reiterada, entendiéndose por tal la comisión de dos o más infracciones dentro de un período de 36 meses, la multa podrá triplicarse.

La disposición contempla, además, una causal de exención para el sujeto obligado que denuncie los hechos ante la UAF y el Ministerio Público antes de que dichas instituciones inicien los respectivos sumarios o la investigación penal.

Finalmente, el artículo 2° del proyecto propone incorporar los nuevos artículos 20 bis y 20 ter dentro del catálogo de la Ley N°21.595 de Delitos Económicos, extendiéndoles el régimen agravado que dicha normativa contempla.

Vea texto moción Boletín N°18.407-25 y siga su tramitación aquí.

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