13°C · Parcial nublado·Santiago·Viernes, 31 de julio de 2026

Legislativo

Control de armas

Proyecto busca permitir porte de armas a carabineros en retiro con 25 años de servicio efectivo

La moción ingresada al Senado propone modificar el Decreto Ley N°3.356, de 1980, para ampliar la autorización excepcional de porte de armas a oficiales y suboficiales en retiro de Carabineros de Chile que hayan cumplido al menos 25 años de servicio efectivo. La iniciativa exige, además, no tener antecedentes penales, no registrar condenas por violencia intrafamiliar, no haber sido dado de baja por causales graves y acreditar aptitud física, cognitiva y psicológica compatible con el uso responsable de armas de fuego.

Por Elke von Loebenstein·08 de julio de 2026
Imagen: ChatGPT/Elke
Imagen referencial

El proyecto de ley ingresado al Senado mediante moción de los senadores Sebastián Vial, Iván Becker, Karim Bianchi y Manuel José Ossandón, propone modificar el Decreto mediante moción de los senadores Sebastián Vial, Iván Becker, Karim Bianchi y Manuel José Ley N°3.356, de 1980, con el objeto de permitir que oficiales y suboficiales en retiro de Carabineros de Chile puedan solicitar autorización para portar armas de fuego, siempre que hayan cumplido al menos 25 años de servicio efectivo y satisfagan exigencias adicionales de idoneidad y control.

La iniciativa se funda en el deterioro de la seguridad pública durante la última década, marcado —según sus autores— por el asentamiento de bandas de proyección transnacional, la irrupción de estructuras vinculadas al crimen organizado y el uso creciente de armas de fuego en delitos de mayor violencia. En ese contexto, la moción cita la Encuesta Nacional Urbana de Seguridad Ciudadana 2024, conforme a la cual un 87,7% de la población percibió un aumento de la delincuencia durante ese año.

El texto sostiene que Carabineros de Chile ha enfrentado con especial intensidad este nuevo escenario, debido a la acción de agrupaciones criminales con mayor equipamiento y capacidad de fuego. Agrega que la amenaza no desaparece con el pase a retiro, pues muchos exfuncionarios pueden permanecer expuestos a represalias por procedimientos en los que intervinieron durante su servicio activo, tales como causas de narcotráfico, terrorismo, crimen organizado, control del orden público en la frontera norte, la macrozona sur o la Región Metropolitana.

La moción plantea que el tránsito desde el uniforme a la vida civil puede resultar abrupto, ya que quienes hasta poco antes intervenían en zonas de alto riesgo pasan a circular por sus barrios sin el instrumento que la propia institución les enseñó a portar y utilizar bajo estándares estrictos durante toda su carrera.

Uno de los fundamentos centrales del proyecto apunta a la estructura piramidal de la carrera de Carabineros. Sus autores explican que los grados iniciales e intermedios concentran la mayor parte del personal, mientras que los cargos superiores son limitados. Por ello, muchos funcionarios concluyen su carrera sin alcanzar los grados de Oficial General, Oficial Superior o Suboficial Mayor, no necesariamente por falta de mérito, sino por la propia configuración institucional y la disponibilidad restringida de cupos.

A juicio de los senadores, anclar la autorización de porte exclusivamente en el grado alcanzado al momento del retiro genera una inequidad de fondo, pues deja fuera a funcionarios que acumularon 25 años o más de instrucción, adiestramiento y disciplina reglada en el uso de armamento, solo por no haber ascendido dentro de una estructura que restringe los cupos superiores. En ese sentido, la moción afirma que el sistema actual “premia entonces la jerarquía alcanzada y no la experiencia acumulada”, aunque sería precisamente esta última la que sustenta la idoneidad real para portar un arma.

El proyecto también distingue la situación del exuniformado de Carabineros respecto del portador civil. Señala que el personal policial ha sido instruido por el Estado desde el inicio de su servicio en el uso, custodia y manejo responsable del armamento, sometiéndose durante su trayectoria a controles periódicos de aptitud física, psicológica y técnica. Además, destaca que el arma, para estos funcionarios, no constituye un objeto personal, sino un instrumento del servicio público sujeto a protocolos de resguardo, empleo y reporte.

En contraste, la moción sostiene que la población civil no cuenta con una cultura análoga de manejo de armamento, y que muchas armas que terminan en el mercado ilegal provienen de propietarios sin formación especializada. Por ello, precisa que la iniciativa no busca “armar a la población”, sino reconocer una realidad más acotada: un grupo plenamente identificable de ciudadanos que fue formado por el propio Estado durante décadas para ejercer esa prerrogativa con responsabilidad.

El texto agrega que los funcionarios en retiro pueden constituir un aporte a la seguridad ciudadana, especialmente en un contexto de déficit persistente de dotación policial en el territorio. En esa línea, menciona casos de funcionarios activos que, fuera de su jornada laboral y portando reglamentariamente su arma, han logrado repeler delitos flagrantes en barrios, condominios o entornos familiares.

Para los autores, un exfuncionario con 25 años o más de servicio efectivo conserva destrezas técnicas, criterio operativo, disciplina profesional y manejo de procedimientos que lo diferencian de un particular. Por ello, afirman que su presencia en una comunidad no debe ser entendida como la de un civil armado, sino como la de un profesional del área de seguridad pública que concluyó su carrera y que, frente a una emergencia, puede actuar con racionalidad y proporcionalidad.

El proyecto advierte que el régimen vigente, contenido en el Estatuto del Personal de Carabineros y normas complementarias del Ministerio de Defensa Nacional, restringe actualmente el porte de armas del personal en retiro a oficiales generales y superiores. Según la moción, esa regulación no considera adecuadamente el bagaje profesional, la experiencia operativa ni la capacitación técnica de oficiales de grados medios y suboficiales que, durante extensas carreras, asumieron funciones de alta complejidad y riesgo.

Por ello, la iniciativa propone adoptar como estándar transversal el cumplimiento de 25 años de servicio efectivo. Para sus autores, dicho período equivale a una carrera funcionaria completa, durante la cual el personal ha debido rendir controles técnicos, psicológicos y físicos, además de mantener una conducta institucional compatible con su permanencia en la institución.

La moción sostiene que quienes completan ese trayecto sin incurrir en causales graves de baja son funcionarios que ya superaron filtros exigentes impuestos por el Estado a sus servidores uniformados. Por lo mismo, plantea que la autorización excepcional debe basarse en la trayectoria institucional y en la idoneidad acreditada, no solo en la jerarquía obtenida.

El proyecto afirma que la propuesta mantiene íntegramente el sistema general de control estatal previsto en la Ley N°17.798 sobre Control de Armas y su normativa reglamentaria. Las armas seguirán sujetas a inscripción, fiscalización y control administrativo, y la autorización no operará de manera automática, sino previa verificación de requisitos copulativos.

En concreto, el artículo único del proyecto agrega un nuevo inciso al Decreto Ley N°3.356, de 1980, para establecer que los oficiales en retiro de Carabineros de Chile que hayan cumplido al menos 25 años de servicio efectivo y los suboficiales en retiro con 25 o más años de servicio efectivo podrán solicitar la autorización de porte de armas.

Para ello deberán cumplir cuatro exigencias: no tener antecedentes penales; no registrar condenas por hechos de violencia intrafamiliar; no haber sido dados de baja por alguna de las causales graves previstas en el reglamento institucional respectivo; y acreditar, en la forma y periodicidad que determine dicho reglamento, aptitud física, cognitiva y psicológica compatible con el uso responsable de armas de fuego.

La moción concluye que no se trata de un privilegio, sino de una respuesta normativa proporcionada al actual escenario de seguridad pública, sustentada en la formación y experiencia comprobada de los beneficiarios y acompañada de exigencias estrictas de control, prevención e idoneidad.

Vea texto de moción N°18.439-02 y siga su tramitación aquí.

Te puede interesar