Legislativo
Ley N°14.908
Proponen modificar «Ley Papito Corazón» para agilizar cobro de pensiones alimenticias
Proyecto de ley busca permitir reiteración del proceso de cobro y simplificar trámites judiciales con el fin de garantizar una aplicación más justa y efectiva en la recuperación de pensiones alimenticias impagas

La moción, patrocinada por las diputadas Chiara Barchiesi (A), Sofía Cid, María Luisa Cordero y Karen Medina, junto al diputado Harry Jürgensen, busca modificar la ley N° 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, para permitir la reiteración del procedimiento de cobro de deudas de pensiones alimenticias.
Exponen que, la Ley N° 21.484, conocida como “Ley Papito Corazón”, ha significado un avance sustancial en la recuperación de pensiones alimenticias impagas, beneficiando a más de 280 mil familias. No obstante, su implementación ha evidenciado deficiencias que deben ser corregidas para asegurar el derecho de niños, niñas y adolescentes a una vida digna.
Entre los principales problemas detectados se encuentra:
(i) la imposibilidad, en muchos tribunales, de iniciar un nuevo proceso de cobro tras un nuevo incumplimiento del deudor, por una interpretación restrictiva sin sustento legal; (ii) la excesiva demora en la tramitación judicial, que dificulta una respuesta oportuna; (iii) la complejidad del proceso, que afecta principalmente a mujeres sin representación legal; y (iv) la falta de criterios uniformes en el Poder Judicial.
Por lo anterior, proponen modificar la ley para:
Establecer expresamente que se podrá iniciar un nuevo proceso de cobro si existen nuevas deudas, una vez que cambien las condiciones favorablemente para el alimentante o se descubran nuevos antecedentes que permitan presumir lo anterior.
Fortalecer los estándares de celeridad en la tramitación.
Mejorar la simplicidad del procedimiento y asegurar acceso igualitario en todos los tribunales del país.
Con este propósito, la moción modifica la Ley N° 14.908, para incorporar un nuevo artículo 19 nonies que permita, en caso de nuevos incumplimientos por parte del deudor de alimentos iniciarse un nuevo proceso de pago efectivo de la deuda por pensión de alimentos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 19 quinquies y siguientes, siempre que hayan transcurrido al menos seis meses desde el último pago efectivo realizado conforme a esta ley. De ese modo, el proyecto ley busca que la ley no sólo permita recuperar pensiones, sino que lo haga de manera rápida, simple y justa, garantizando el derecho de niños, niñas y adolescentes a una vida digna.
El proyecto ley, que se encuentra en el primer trámite constitucional, pasó para su estudio y posterior informe a la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados a su Comisión de la Familia.
Vea texto moción Boletín N° 17802-18 y siga su tramitación aquí.
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