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Legislativo

Moción

Iniciativa legal establece responsabilidad penal de padres por omisión grave en delitos cometidos por menores

Propone tipificar como delito autónomo la negligencia parental que facilite la comisión de ilícitos, incorporando sanciones progresivas y mecanismos de coordinación entre tribunales y el Ministerio Público.

Por Elke von Loebenstein·11 de mayo de 2026·3 min de lectura
Imagen: alvaroescuderoabogado.com
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Un proyecto de ley ingresado a tramitación en la Cámara de Diputadas y Diputados busca modificar el Código Penal y la Ley N.º 20.084, sobre responsabilidad penal adolescente, con el objeto de establecer la responsabilidad penal de los padres, guardadores u otras personas a cargo de menores de edad, cuando incurran en una omisión grave del deber de cuidado que facilite la comisión de delitos.

La iniciativa surge en un contexto marcado por el aumento de la participación de menores en delitos de alta connotación social, lo que, según sus fundamentos, plantea un desafío crítico para el sistema jurídico chileno, que actualmente centra la respuesta penal en la reinserción del adolescente, sin abordar de manera directa el rol de los adultos responsables.

En ese sentido, el proyecto advierte que, si bien el ordenamiento civil contempla la responsabilidad de los padres por los daños causados por sus hijos menores —conforme al artículo 2320 del Código Civil—, no existe un correlato penal que sancione la negligencia grave o la permisividad en el cumplimiento de los deberes de cuidado, vigilancia y educación, lo que genera una asimetría que debilita la prevención del delito.

Asimismo, se señala que, en muchos casos, la conducta delictiva de los menores se ve favorecida por la ausencia de control efectivo en el entorno familiar, lo que justificaría la necesidad de incorporar una respuesta penal específica para los adultos responsables.

El proyecto también recoge experiencias del derecho comparado, destacando que legislaciones como la alemana reconocen la responsabilidad por omisión de quienes, teniendo una posición de garante, no evitan un resultado delictivo pudiendo hacerlo, mientras que, en ciertos estados de Estados Unidos, como Texas y Florida, se contemplan sanciones penales para padres cuya negligencia contribuye a la comisión de delitos por parte de menores.

En su idea matriz, la iniciativa propone tipificar como delito autónomo la omisión grave del deber de cuidado parental cuando esta facilite la comisión de crímenes o simples delitos por parte de menores de edad, estableciendo un sistema de sanciones progresivo que comienza con multas y trabajos en beneficio de la comunidad, y que puede escalar a penas privativas de libertad en caso de reincidencia.

En concreto, se plantea incorporar en el Código Penal un nuevo artículo 357 bis, que sancione a los padres, guardadores o quienes tengan legalmente el cuidado personal de un menor que, “por negligencia grave o descuido inexcusable”, omitan impedir que este cometa un delito, con una multa de diez unidades tributarias mensuales y la obligación de realizar trabajos comunitarios.

La propuesta establece además que, en caso de reincidencia del menor dentro de un plazo de cuatro años desde la primera sentencia firme, y siempre que se acredite la misma omisión grave por parte de los adultos responsables, estos podrán ser sancionados con la pena de presidio menor en su grado mínimo.

Para la aplicación de estas sanciones, el tribunal deberá considerar especialmente las circunstancias familiares, sociales y económicas de los responsables, el interés superior del niño y las medidas adoptadas previamente para prevenir la conducta infractora.

Adicionalmente, el proyecto introduce modificaciones a la Ley N.º 20.084, incorporando un artículo 40 quinquies que establece que, al dictarse una sentencia condenatoria respecto de un adolescente, y cuando los antecedentes del proceso o los informes técnicos den cuenta de una negligencia grave de los padres o guardadores, el tribunal podrá remitir de oficio los antecedentes al Ministerio Público para investigar la eventual responsabilidad penal de estos.

La iniciativa contempla, además, una cláusula de comunicación obligatoria entre tribunales y el Ministerio Público, con el fin de asegurar que las situaciones de negligencia parental sean detectadas y perseguidas desde la primera sentencia condenatoria del menor.

De acuerdo con sus autores, la propuesta busca reforzar la responsabilidad familiar y dotar de mayor coherencia al sistema penal, estableciendo sanciones proporcionales que no castiguen el vínculo de filiación, sino la conducta omisiva del adulto responsable, en un contexto donde se hace necesario fortalecer los mecanismos de prevención del delito desde el entorno familiar.

Vea texto moción Boletín N°18.212-07 y siga su tramitación aquí.

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