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Código penal
Delitos contra la vida privada en la era de la Inteligencia Artificial: ¿es suficiente la respuesta penal?
En los últimos años, la Inteligencia Artificial (IA) ha dejado de ser un fenómeno meramente técnico para convertirse en un verdadero desafío jurídico y constitucional. Sus aplicaciones van desde la medicina y la educación hasta la automatización de procesos productivos. No obstante, el mismo avance que promete beneficios inéditos también abre la puerta a riesgos graves para derechos fundamentales como la honra, la vida privada y la seguridad personal

Uno de los fenómenos más preocupantes lo constituyen los denominados deepfakes, esto es, audios, imágenes o videos manipulados mediante algoritmos de aprendizaje profundo que logran recrear con verosimilitud absoluta situaciones que jamás ocurrieron. Hoy en día, estas técnicas permiten clonar voces en tiempo real, falsificar videollamadas o difundir contenidos íntimos sin consentimiento, todo ello con un acceso cada vez más barato y al alcance de ciberdelincuentes.
La moción iniciada por el senador Francisco Chahuán, que propone modificar el Código Penal para aumentar las penas de los delitos contra el respeto y protección a la vida privada y pública de la persona y su familia cometidos con el empleo de Inteligencia Artificial, puede ser una respuesta para atacar esta nueva realidad delictiva.
Si bien postula un endurecimiento de las penas para quienes cometan delitos contra la vida privada —contemplados en los artículos 161 A, 161 C y 161 D del Código Penal— mediante el empleo de herramientas de inteligencia artificial, aumentando en un grado las sanciones cuando estas tecnologías se utilicen para captar, manipular o difundir información sin autorización, es legítimo preguntarse si es suficiente para enfrentar a este creciente fenómeno delictivo.
Su autor la justifica la iniciativa en un vacío regulatorio, puesto que nuestro ordenamiento jurídico ha sido diseñado en un contexto analógico que resulta insuficiente para enfrentar conductas donde la tecnología potencia exponencialmente la capacidad de daño. La reproducción de imágenes íntimas sin consentimiento, por ejemplo, ya era una vulneración grave a la privacidad. Pero cuando se combina con IA que permite crear falsificaciones indistinguibles de la realidad, el potencial de afectación psicológica, social y reputacional se multiplica.
Cabe plantearse entonces, ¿si es suficiente la vía penal?, ya que si bien el derecho penal cumple una función disuasoria y simbólica relevante, el problema de la inteligencia artificial aplicada al delito debe atacarse preventivamente. En otras palabras, el agravamiento de penas constituye una respuesta necesaria pero no exclusiva. La experiencia comparada muestra que los países que han enfrentado con mayor eficacia la amenaza de los deepfakes y fraudes digitales han implementado, además, tres líneas de acción complementarias:
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Educación digital y concientización ciudadana : la alfabetización tecnológica permite que las potenciales víctimas desarrollen herramientas de autodefensa frente a contenidos manipulados.
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Mecanismos de detección temprana: la colaboración entre el sector público y privado para el desarrollo de software de verificación es esencial para frenar la propagación de contenidos falsos.
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Cooperación internacional en ciberseguridad: dado el carácter transfronterizo de internet, los delitos cometidos mediante IA requieren acuerdos multilaterales que permitan la persecución efectiva de los responsables.
Si bien el proyecto de ley constituye un paso valioso para actualizar el Código Penal frente a los desafíos tecnológicos del presente, ya que cuando se utiliza la IA como instrumento del delito se incrementa el daño y se hace difícil su persecución, limitarse sólo a elevar penas trae el riesgo de generar una ilusión de control sin atacar las causas profundas del problema.
La verdadera respuesta exige un enfoque integral que combine sanción penal, políticas de prevención, desarrollo tecnológico ético y cooperación internacional. Solo de este modo será posible garantizar que la inteligencia artificial, en lugar de convertirse en una amenaza para la vida privada y la honra de las personas, se consolide como una herramienta al servicio de la humanidad y del Estado de Derecho.
El proyecto de ley presentado por el Senador Chahuán, que cumple su primer trámite constitucional, se encuentra radicado para su estudio y posterior informe a la Sala del Senado, en su Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Vea texto moción Boletín Nº 17.808-07 y siga su tramitación aquí.
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