Judicial
Corte de Santiago
Reclamo contra Municipalidad por restricción horaria de locales nocturnos en Lo Prado se rechaza
Conflicto se originó cuando el municipio modificó su ordenanza para restringir el horario de funcionamiento de bares, pubs y discotecas en un sector específico de Avenida San Pablo, entre las calles Neptuno y Gabriela Mistral. La Corte determinó que la modificación se ajusta a las facultades legales del alcalde y concejo municipal, y que la ley permite establecer horarios distintos según las características y necesidades de sectores específicos.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la reclamación judicial interpuesta en contra de la Municipalidad de Lo Prado, por la modificación de la ordenanza N° 004 sobre actividad comercial, industrial y de servicios.
Los reclamantes, comerciantes titulares de patentes para expendio de bebidas alcohólicas en la comuna de Lo Prado, denunciaron la ilegalidad del Decreto Alcaldicio Nº 856/2024 que modificó la Ordenanza Nº 004, restringiendo los horarios de funcionamiento de sus locales en una parte de la zona ZMM6 de Avenida San Pablo, entre calles Neptuno y Gabriela Mistral.
Señalaron que dicha modificación establece horarios más estrictos para algunos establecimientos mientras otros, ubicados en la misma zona, quedan exceptuados, lo que consideran arbitrario y contrario al principio de igualdad. Además, alegaron que el municipio no respetó los plazos para resolver el reclamo administrativo, y que la medida vulnera normas constitucionales y legales que regulan la zonificación y los horarios para locales con expendio de alcohol.
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