Judicial
Resolución judicial en causa por abusos eclesiásticos
Juez establece abusos sexuales cometidos por Francisco Cox, pero sobresee causa por prescripción
El tribunal dio por acreditados los delitos contra siete víctimas, pero concluyó que la acción penal se encuentra extinguida por el tiempo transcurrido y el fallecimiento del exarzobispo en 2020.

El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de La Serena, Christian Le-Cerf Raby, concluyó que el exarzobispo Francisco Cox incurrió en delitos de carácter sexual en contra de siete víctimas, en hechos ocurridos entre 1975 y 1988 en distintas ciudades del país. Sin embargo, el tribunal resolvió dictar el sobreseimiento definitivo de la causa al estimar que la acción penal se encuentra prescrita.
El falo sostiene, que los episodios más antiguos se remontan al año 1975, cuando Cox oficiaba como obispo en Chillán, y luego siguieron repitiéndose en Andacollo y La Serena hasta 1988, cuando ejercía allí como máximo representante de la Iglesia Católica.
En su resolución, el magistrado dio por acreditado que los abusos se produjeron en contextos de cercanía personal y bajo una relación de autoridad espiritual, lo que habría permitido al religioso ejercer una posición de poder sobre las víctimas. Según se desprende del fallo, las conductas correspondieron a actos reiterados de connotación sexual cometidos en espacios privados y sin testigos.
Pese a lo anterior, el tribunal determinó que, conforme a la normativa vigente al momento de ocurridos los hechos, estos debían ser calificados como simples delitos, por lo que los plazos de prescripción se encontraban ampliamente cumplidos al momento de iniciarse la investigación penal, en 2018. A ello se suma el fallecimiento de Cox en 2020, circunstancia que también incide en la imposibilidad de continuar con la persecución penal.
Cabe recordar que Cox renunció a la actividad pastoral en 2002, tras investigaciones de la prensa de la época que daban cuenta de los abusos. Ese mismo año, el entonces arzobispo de Santiago, Francisco Javier Errázuriz, anunció su salida de Chile por conductas impropias y su traslado a Alemania.
Posteriormente, el Papa Francisco decretó la dimisión de Cox en 2018, encargando su cuidado a la comunidad de Padres de Schoenstatt.
La resolución ha sido interpretada por las víctimas como un reconocimiento judicial relevante. Uno de los denunciantes sostuvo que lo fundamental era que “se estableciera la verdad de lo ocurrido”, destacando que el fallo valida hechos que durante años fueron cuestionados o desestimados.
No obstante, el caso vuelve a evidenciar las limitaciones del sistema penal frente a delitos cometidos décadas atrás, especialmente en materia de prescripción, lo que ha sido objeto de debate en causas vinculadas a abusos sexuales en contextos institucionales.
Asimismo, el fallo reabre cuestionamientos respecto del actuar de la Iglesia Católica frente a denuncias de esta naturaleza, considerando que los hechos acreditados se habrían producido durante el ejercicio de funciones pastorales del exarzobispo, quien posteriormente fue apartado del ministerio y expulsado del estado clerical por decisión del Vaticano.
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