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Judicial

Prescripción de deuda

Corte Suprema invalida fallo y acoge prescripción en cobro de multa sanitaria de 400 UTM

El máximo tribunal anuló de oficio la sentencia que había condenado a una empresa, al concluir que solicitar la prescripción de una multa no constituye reconocimiento de deuda ni interrumpe el plazo, corrigiendo así un error de derecho en la interpretación del Código Civil

Por Benjamín Ruz Ruz·16 de abril de 2026·3 min de lectura
Corte Suprema invalida fallo y acoge prescripción en cobro de multa sanitaria de 400 UTM
Imagen referencial

La Corte Suprema invalidó de oficio la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago y revocó la decisión que había confirmado el rechazo de la excepción de prescripción y acogido la demanda, mediante la cual se condenó a una empresa al pago de una multa sanitaria.

El caso se originó a partir de una demanda interpuesta por el Fisco de Chile en un juicio ordinario, con el objeto de cobrar una multa impuesta en un sumario sanitario, cuyo monto ascendía a 400 UTM.

La empresa fundó su defensa en la prescripción extintiva de las faltas conforme al artículo 97 del Código Penal. De manera subsidiaria, alegó la prescripción de la acción ordinaria o de la deuda, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2515 del Código Civil, sosteniendo que había transcurrido el plazo de cinco años entre la dictación de la resolución sancionatoria —de fecha 11 de diciembre de 2014— y la notificación de la demanda, lo que extinguía la posibilidad de cobro.

El Sexto Juzgado Civil de Santiago rechazó la excepción de prescripción y acogió la demanda. Para ello, estimó que un escrito presentado por la empresa el 31 de enero de 2017, mediante el cual solicitó la declaración de prescripción de la multa ante la autoridad administrativa, constituía un reconocimiento de la deuda. En consecuencia, concluyó que dicho acto interrumpía la prescripción, conforme a lo previsto en el ordenamiento jurídico.

Apelada la sentencia, la Corte de Santiago la confirmó en alzada.

Frente a ello, la empresa interpuso recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema, denunciando la infracción del artículo 2518 del Código Civil, en relación con los artículos 2492, 2514 y 2515 del mismo cuerpo legal. Alegó que los tribunales de instancia incurrieron en error de derecho al calificar como reconocimiento de deuda una presentación cuyo objetivo era precisamente el contrario: obtener la declaración de prescripción y, por ende, negar la existencia de la obligación.

El máximo tribunal rechazó el recurso de casación en el fondo por defectos de formalización, al advertir que la recurrente introdujo alegaciones nuevas o extemporáneas que no fueron planteadas en la etapa de apelación.

No obstante, la Corte Suprema ejerció su facultad de invalidación de oficio, conforme al artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, al estimar que concurrían los presupuestos legales para ello: la sentencia era susceptible de casación, el recurso fue desestimado por razones formales y el fallo contenía un error de derecho con influencia sustancial en lo dispositivo.

En su análisis, el máximo tribunal identificó que los jueces de instancia interpretaron erróneamente el artículo 2518 inciso segundo del Código Civil, al considerar que la solicitud de prescripción presentada por la empresa constituía un acto de reconocimiento de la deuda capaz de interrumpir la prescripción. Precisó que la interrupción natural de la prescripción exige un reconocimiento de la obligación por parte del deudor, ya sea expreso o tácito, lo que no ocurre cuando se alega precisamente su extinción.

En este sentido, razonó que solicitar la declaración de prescripción implica, por definición, negar la existencia de la obligación y manifestar la ausencia de voluntad de pago, lo que excluye cualquier efecto interruptivo.

Dicho error fue considerado determinante en la decisión adoptada por los tribunales inferiores, pues condujo a acoger indebidamente la demanda del Fisco. De no haberse incurrido en esta interpretación errónea, la acción habría debido ser rechazada.

En consecuencia, la Corte Suprema invalidó la sentencia impugnada y, en fallo de reemplazo, acogió la excepción de prescripción opuesta por la demandada, rechazando la acción de cobro de la multa del Fisco de Chile.

Vea sentencia Corte Suprema Rol N°16.609-2024.

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