Judicial
Recursos de casación rechazados
Corte Suprema confirma fallo de la Corte Marcial en caso de fraude en el Ejército
El máximo tribunal desestimó los arbitrios del Consejo de Defensa del Estado y de las defensas de los condenados, al advertir contradicciones en su fundamentación y ausencia de errores de derecho, dejando firme la sentencia que solo sancionó el delito de falsedad en la administración militar.

La Corte Suprema rechazó los recursos de casación en el fondo interpuestos por el Consejo de Defensa del Estado y por las defensas de los condenados en una causa por fraude al fisco y falsedad en materia de administración militar, confirmando la sentencia dictada por la Corte Marcial y descartando la existencia de errores de derecho que justificaran invalidarla.
El caso se originó en una investigación seguida ante una ministra en visita extraordinaria, en la que se condenó a diversos funcionarios del Ejército por delitos reiterados de fraude al fisco y falsedad en materia de administración militar, imponiéndoles penas de presidio, multas equivalentes al 10% del perjuicio causado y el pago de costas. Posteriormente, la Corte Marcial revocó parcialmente dicho fallo, absolviendo a los acusados del delito de fraude al fisco y manteniendo únicamente las condenas por falsedad en la administración militar, con rebajas en las penas originalmente impuestas.
En contra de esta decisión, el Consejo de Defensa del Estado interpuso recurso de casación en el fondo, denunciando, en primer lugar, la incorrecta calificación jurídica de los hechos al excluir el delito de fraude al fisco, pese a que —a su juicio— los hechos configuraban tanto dicho ilícito como el de falsedad en la administración militar, al proteger bienes jurídicos distintos. Asimismo, alegó una errónea aplicación de la figura del delito continuado, lo que habría derivado en una pena inferior a la que correspondía.
Por su parte, las defensas de dos de los condenados sostuvieron que existió una errónea aplicación de la ley penal en la determinación de su participación, así como infracción a las normas reguladoras de la prueba, al estimar que la condena se basó en antecedentes insuficientes, en presunciones carentes de sustento o en medios de prueba que calificaron como ilícitos.
El máximo tribunal, antes de analizar los recursos, recordó que el recurso de casación en el fondo es de derecho estricto y exige que los recurrentes expongan de manera clara, lógica y coherente los errores de derecho denunciados y su influencia en lo dispositivo del fallo, sin incurrir en contradicciones.
En esa línea, la Corte Suprema advirtió que el recurso del Consejo de Defensa del Estado presentaba una contradicción esencial, al sostener en una causal que la calificación jurídica era errónea y, simultáneamente, en otra, asumirla como correcta para cuestionar únicamente la determinación de la pena. Esta inconsistencia —indicó— impide acoger el recurso, ya que supone trasladar al tribunal la carga de optar entre fundamentos incompatibles.
Un razonamiento similar se aplicó respecto de los recursos deducidos por las defensas, los que también plantearon causales incompatibles entre sí, al cuestionar simultáneamente la determinación de los hechos y la valoración de la prueba, lo que resulta improcedente en un recurso de esta naturaleza.
Asimismo, el tribunal desestimó una alegación formulada en estrados relativa a la falta de fundamentación en la denegación de una pena sustitutiva, por haber sido planteada de manera extemporánea y sin cumplir las exigencias formales del recurso.
En el trasfondo del caso, se tuvo por acreditado que funcionarios del Ejército, durante los años 2011 y 2012, gestionaron y obtuvieron el pago indebido de facturas falsas por supuestos insumos computacionales que nunca fueron entregados, generando una apariencia de legalidad mediante documentación falsificada y provocando un perjuicio fiscal superior a 41 millones de pesos.
Por estas consideraciones, la Corte Suprema concluyó que los recursos de casación en el fondo no cumplían con los requisitos legales ni demostraban la existencia de errores de derecho, por lo que resolvió rechazarlos en todas sus partes, dejando firme la sentencia dictada por la Corte Marcial.
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