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Judicial

Casación fondo acogida.

Corte Suprema anula pagaré vinculado a fraude bancario y protege a consumidora

Fallo establece límites al uso de mandatos bancarios y refuerza la aplicación de la Ley N°21.234 sobre responsabilidad en casos de fraude. Banco Estado excedió en el mandato conferido al emitir pagaré sin respaldo en un crédito efectivo, configurándose objeto ilícito, por lo que procede la excepción de nulidad de la obligación.

Por José Manuel Larraguibel·31 de mayo de 2025·8 min de lectura
Imagen: latinia.com
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La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto por una consumidora demandada en juicio ejecutivo por el cobro de un pagaré presuntamente vinculado a un fraude bancario, al considerar que el pagaré no se originó de un crédito solicitado ni fue otorgado válidamente por la institución bancaria, sino en transacciones desconocidas por la cliente del banco y reclamadas en el marco de la Ley N°21.234, que limita la responsabilidad de los usuarios bancarios en casos de fraude.

La ejecutada alegó haber sufrido una estafa virtual que denunció oportunamente al banco, no obstante, en uso de un mandato, el banco emitió un pagaré basado en esa transacción que aquella estima fraudulenta y que se le cobra ejecutivamente.

En el juicio la consumidora ejecutada interpuso excepciones a la ejecución, alegando, entre otras, la nulidad de la obligación, fundado en que el pagaré fue llenado por el banco con ocasión de una estafa virtual que sufrió, y no en virtud de un crédito efectivamente otorgado, como exigía el mandato que habilitaba al banco a suscribir dicho instrumento en su nombre. Al no existir una obligación válida que lo sustente, el pagaré adolece de nulidad por objeto ilícito, conforme a lo dispuesto en los artículos 1445, 1681 y 1682 del Código Civil. Además invocó la Ley N°21.234 en su defensa.

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