Judicial
Robo en la vía pública
Condenan a 541 días de cárcel por robo de bicicleta en Providencia
El acusado actuó junto con otro sujeto, quien cortó el candado que aseguraba la bicicleta en las afueras del Costanera Center. La pena deberá cumplirse de manera efectiva debido a sus antecedentes penales.

El Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a un hombre a 541 días de presidio efectivo, como autor del delito consumado de robo de una especie ubicada en un bien nacional de uso público, cometido en febrero de 2026 en la comuna de Providencia.
El acusado y otro sujeto sustrajeron una bicicleta que estaba asegurada a una reja en las afueras del Costanera Center. Mientras su acompañante cortó el candado, el acusado tomó la bicicleta y se alejó con ella, pero fue detenido poco después por Carabineros, que encontraron el candado cortado en su mochila.
La Fiscalía calificó los hechos como robo consumado de una especie ubicada en un bien nacional de uso público. Aunque la defensa cuestionó inicialmente esa calificación, terminó aceptándola. El propio acusado reconoció su participación, la que también fue acreditada mediante las declaraciones de la víctima y del funcionario policial, además de las imágenes de las cámaras de seguridad.
El tribunal estimó que las declaraciones de la víctima y del funcionario policial eran claras, detalladas y concordantes con las fotografías y los registros audiovisuales.
Sobre esa base, tuvo por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el acusado actuó concertadamente con un segundo individuo, quien cortó el candado que mantenía la bicicleta asegurada en la vía pública. Luego, el imputado tomó la especie, guardó la cadena cortada en su mochila y se alejó con ella.
El hecho fue calificado como robo de especies que se encuentran en bienes nacionales de uso público, previsto y sancionado en los artículos 442 y 443 del Código Penal.
La sentencia explicó que se reunían todos los elementos del delito. La bicicleta se encontraba en la vía pública, el acusado se apoderó de ella y se acreditó el uso de fuerza mediante la destrucción del candado que la mantenía asegurada.
El tribunal rechazó la alegación defensiva sobre una supuesta falta de prueba de la fuerza empleada. La víctima declaró que había dejado la bicicleta asegurada y el funcionario policial encontró el candado cortado dentro de la mochila del detenido.
El ilícito alcanzó el grado de consumado, porque el acusado sacó la bicicleta de la esfera de protección de su propietario y la trasladó varias cuadras antes de ser detenido con ella en su poder.
La participación directa del condenado se acreditó mediante su detención en flagrancia, el hallazgo del candado cortado, la recuperación de la bicicleta y su propia declaración, en la que reconoció haberse coordinado con el segundo involucrado y haber asumido la tarea de retirar la especie.
En consecuencia, fue declarado autor directo del delito, conforme al artículo 15 N°1 del Código Penal.
Durante la audiencia de determinación de la pena, el Ministerio Público solicitó reconocer la agravante de reincidencia específica, pues el acusado registraba una condena anterior por un delito de la misma especie.
En noviembre de 2023 había sido condenado por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago a 61 días de presidio por un delito consumado de robo en un bien nacional de uso público o lugar no habitado, cometido en noviembre de 2022.
La Fiscalía reconoció también la atenuante de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos y solicitó una pena de 541 días de presidio efectivo, sin costas.
La defensa no controvirtió la reincidencia y pidió que se reconociera la colaboración del acusado, quien declaró al comienzo del juicio y admitió su intervención en la sustracción.
El tribunal acogió ambas circunstancias. Estimó configurada la reincidencia específica porque existía una condena anterior por un delito que protegía el mismo bien jurídico y aún no había transcurrido el plazo de prescripción correspondiente.
Asimismo, reconoció la colaboración sustancial, ya que la declaración del acusado contribuyó a acreditar la forma en que se cometió el delito y fue considerada al establecer su responsabilidad.
Al determinar la sanción, el tribunal tuvo presente que el delito se castiga con presidio menor en sus grados medio a máximo y que está sujeto a las reglas especiales del artículo 449 del Código Penal.
Aunque la reincidencia perjudicaba al condenado, la atenuante de colaboración permitía aplicar el artículo 68 ter del Código Penal y recorrer la pena en toda su extensión.
También consideró que el daño causado fue reducido, pues la bicicleta fue recuperada antes de que su propietario advirtiera la sustracción. Por ello, impuso la pena en el límite inferior del presidio menor en su grado medio.
La sanción deberá cumplirse efectivamente, sin posibilidad de acceder a una pena sustitutiva, debido a las condenas anteriores del acusado. Esos antecedentes impiden conceder la remisión condicional o la reclusión parcial, de acuerdo con la Ley N°18.216.
En definitiva, el acusado fue condenado a 541 días de presidio menor en su grado medio y a la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de robo de especies que se encuentran en bienes nacionales de uso público.
La pena comenzará a cumplirse una vez que la sentencia quede firme. Se le abonarán 167 días: uno por el tiempo que permaneció detenido y 166 correspondientes al período durante el cual estuvo sujeto a prisión preventiva.
El tribunal lo eximió del pago de las costas, debido a que fue representado por la Defensoría Penal Pública.
Vea sentencia Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago RIT N°79-2026.



