Judicial
Ley N° 20.009
Cliente que incurrió en culpa grave al facilitar fraude bancario debe restituir abono a banco, según fallo de la Corte de Santiago
El cliente actuó con culpa grave al no resguardar adecuadamente sus claves de seguridad, permitiendo la transacción fraudulenta.

La Corte de Santiago revocó la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de Vitacura, que desestimó la demanda entablada por un banco con el fin de obtener la restitución de los fondos entregados por una transacción electrónica fraudulenta, al amparo de la Ley Nº 20.009, y en su lugar, la acogió.
El caso se originó tras una operación bancaria cuestionada, efectuada mediante el uso de los mecanismos de seguridad provistos por el banco, incluidos el envío de claves al número celular del cliente. El demandado alegó que existen inconsistencias en los informes, particularmente respecto de la compañía telefónica registrada y el monto máximo autorizado para transferencias.
La Corte estableció que el número celular utilizado en la operación coincide con el registrado por el cliente y que pertenece a la empresa Entel, como fue acreditado. Asimismo, precisó que el límite de transferencia invocado por el demandado no es aplicable al tipo de operación realizada —un pago al SII desde la cuenta corriente de una EIRL—, siendo distinta a la que se refleja en la captura de pantalla acompañada, referida a avances en efectivo con tarjeta de crédito.
Te puede interesar

Judicial
Suprema confirma condena contra clínica dental por incumplimiento de tratamiento de implantes y pago de $12,6 millones en indemnizaciones

Judicial
Corte confirma condena de 10 años por robo con violencia en Colina

Judicial
Justicia civil condena a supermercado por caída de clienta en local de Ñuñoa

Judicial
Gobierno propone ampliar hasta 52 semanas los ciclos de distribución de jornada en el sector turismo
Newsletter
Lo esencial del derecho, cada mañana
Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.