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Inadmisibles

Inadmisible.

Requerimiento que impugnó norma que permite resolver de inmediato la excepción de caducidad, es declarado inadmisible por el Tribunal Constitucional.

La Magistratura sostuvo que el requerimiento carece de fundamento plausible y se limita a cuestionar resoluciones judiciales previas.

Por Francisca Atenas·16 de mayo de 2025·4 min de lectura
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El Tribunal Constitucional declaró inadmisible el requerimiento de inaplicabilidad que impugnó la expresión «de caducidad» del artículo 453, N° 1, párrafo cuarto, del Código del Trabajo.

La precitada disposición legal establece lo siguiente:

“Artículo 453.- (…) Una vez evacuado el traslado por la parte demandante, el tribunal deberá pronunciarse de inmediato respecto de las excepciones de incompetencia, de falta de capacidad o de personería del demandante, de ineptitud del libelo, de caducidad, de prescripción o aquélla en que se reclame del procedimiento, siempre que su fallo pueda fundarse en antecedentes que consten en el proceso o que sean de pública notoriedad. En los casos en que ello sea procedente, se suspenderá la audiencia por el plazo más breve posible, a fin de que se subsanen los defectos u omisiones, en el plazo de cinco días, bajo el apercibimiento de no continuarse adelante con el juicio». (Art. 453, N°1, párrafo 4°, Código del Trabajo).

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