Entrevistas
Representante del distrito 6 y voz crítica en materia ambiental
Diputada María Francisca Bello: «Chile debe reconocer en la Constitución los derechos de la naturaleza y el principio de no regresión ambiental»
La parlamentaria por Aconcagua aborda los fallos ambientales del Tribunal Constitucional, cuestiona su desconexión con las comunidades y propone reformas que aseguren una justicia ambiental más transparente, especializada y participativa.

Por José Olivos, Universidad Católica Silva Henríquez
María Francisca Bello Campos es diputada por el distrito 6, que abarca la zona de Aconcagua, y ha emergido como una de las voces más firmes en el Congreso en materia de justicia ambiental.
En esta entrevista, analiza la evolución del Tribunal Constitucional desde sus fallos ambientales más relevantes, incluyendo el caso Dominga, y plantea la urgencia de reformas estructurales.
Bello defiende una institucionalidad más transparente y participativa, el fortalecimiento de los Tribunales Ambientales, y propone consagrar en la Constitución principios clave como el de no regresión ambiental y los derechos de la naturaleza, para evitar retrocesos en protección ecosistémica y asegurar que las decisiones del Estado reflejen el interés ciudadano y científico.
Evolución histórica
1. Diputada, ¿cómo evalúa usted la evolución del Tribunal Constitucional desde el fallo sobre restricción vehicular de 2001 (Rol 325) hasta los más recientes, como Dominga 2025?
Se trata de un fallo que, si bien se analiza y presenta con una perspectiva más profesional, refuerza ciertos principios esenciales del derecho, pero al mismo tiempo cumple únicamente con las formalidades procesales, restringiendo de manera preocupante los derechos ambientales que debiesen resguardarse con mayor amplitud.
Principio de no regresión ambiental
2. En la sentencia Rol 7896-19 (2019), el TC reconoció el principio de no regresión ambiental. ¿Cree que este principio debiera quedar expresamente consagrado en la Constitución?
El cambio climático se convierte en un medio a través del cual se evidencia la necesidad de replantear nuestras políticas ambientales y judiciales. Sin embargo, lo resuelto por el tribunal en ciertos casos ha significado un retroceso, pasando incluso a una regresión ambiental que contradice los avances logrados en esta materia. Frente a ello, resulta indispensable garantizar la protección de los habitantes, resguardando no solo el entorno natural sino también la salud y calidad de vida de las comunidades.
Acceso a la información
3. La sentencia Rol 12612-21 (2022) abordó el acceso a antecedentes ambientales frente al secreto empresarial. ¿Cuál debería ser el límite entre la protección de la inversión privada y el derecho ciudadano a la información ambiental?
La ciudadanía tiene derecho a acceder a la información ambiental, derecho que debe garantizarse de manera efectiva y transparente. En pleno siglo XXI resulta imprescindible asegurar la participación e intervención activa de la población en estas materias, considerando además que toda decisión en este ámbito debe tener en cuenta la salud y el bienestar de las personas como un eje central.
Flexibilidad del Estado en emergencias
4. En 2001, el TC validó restricciones ambientales excepcionales en emergencias (Rol 325). ¿Cómo equilibrar esa flexibilidad del Estado con la garantía de derechos fundamentales?
En efecto, el fallo del Tribunal Constitucional de 2001 (Rol 325) abrió la puerta a que, en situaciones excepcionales de emergencia, el Estado pueda aplicar restricciones ambientales más estrictas. Sin embargo, el desafío está en que esa flexibilidad no se convierta en una vulneración permanente de los derechos fundamentales. El equilibrio pasa por asegurar que toda medida excepcional sea proporcional, limitada en el tiempo y fundada en evidencia científica, garantizando al mismo tiempo la transparencia en la toma de decisiones y el control jurisdiccional. Solo así se puede compatibilizar la protección del medio ambiente con el respeto irrestricto a las libertades y garantías constitucionales de la ciudadanía.
Vacíos institucionales
5. El fallo de 2015 (Rol 2666) resolvió un vacío institucional en fiscalización ambiental tras la desaparición de la CONAMA. ¿Qué reformas cree necesarias para que la institucionalidad ambiental no dependa de parches transitorios?
Se requiere una mejora en la institucionalidad que permita enfrentar de manera más eficiente los desafíos actuales en materia de gestión de recursos naturales. Al mismo tiempo, es necesario alcanzar mayores acuerdos en la ciudadanía para fortalecer la confianza en las decisiones públicas y judiciales. Un ejemplo claro lo encontramos en los casos de robo de agua, que evidencian la urgencia de perfeccionar las normas y garantizar un acceso justo y sostenible a este recurso vital.
Confianza ciudadana en el TC
6. Muchas comunidades ven al TC como un órgano más preocupado de la formalidad jurídica que del fondo ambiental. ¿Qué mecanismos podrían acercar su labor a las preocupaciones reales de la ciudadanía?
Es fundamental contar con un tribunal que aplique sus sentencias de manera más neutra, reforzando así la imparcialidad y credibilidad de la justicia. Asimismo, resulta necesario mostrar mayor transparencia en los fallos, de modo que la ciudadanía pueda comprender las razones jurídicas que los sustentan. En este contexto, analizar la Constitución frente a casos sensibles, como los derechos sexuales y reproductivos, es clave para generar más confianza en nuestra Carta Fundamental y en las instituciones que la interpretan.
Proyección futura
7. Si tuviera que priorizar una reforma, ¿preferiría fortalecer el rol de los Tribunales Ambientales, delimitar las competencias del Tribunal Constitucional o crear una nueva institución especializada en justicia ambiental?
Es fundamental avanzar hacia una mayor participación ciudadana, no solo en espacios consultivos no vinculantes, sino también en la posibilidad de incidir de manera real en iniciativas de ley que fortalezcan la participación democrática. De esta forma, el poder y la voz que emane desde la ciudadanía se convierte en un eje central para robustecer nuestras instituciones y garantizar que las decisiones políticas respondan efectivamente a las necesidades sociales
Contrapuntos a las 8 preguntas iniciales sobre Dominga y medio ambiente
Institucionalidad ambiental
1. Si el fallo del TC “fortalece” la institucionalidad, ¿cómo se explica que tantas comunidades y expertos lo perciban como un retroceso en protección ambiental?
Entiendo esa percepción, porque muchas veces las comunidades no sienten que sus voces sean parte real de las decisiones. El fallo puede fortalecer la institucionalidad formal, pero eso no basta: debemos asegurar que la institucionalidad también sea legítima y cercana, considerando a quienes viven las consecuencias ambientales en su territorio.
Separación de poderes
2. Usted menciona la importancia de los tribunales ambientales, pero ¿no cree que derivar todo a ellos, sin una mirada más política o constitucional, deja sin control superior decisiones con impacto nacional?
Coincido en que los Tribunales Ambientales cumplen un rol clave, pero no pueden ser la única respuesta. Se requiere una mirada constitucional y política, porque hay proyectos que trascienden lo técnico y tocan principios fundamentales como el derecho a vivir en un medio ambiente sano.
Confianza ciudadana
3. Si la confianza en la justicia ambiental está en crisis, ¿no es el Congreso también responsable por no haber entregado reglas claras y un marco más robusto para estos proyectos?
Por supuesto que el Congreso tiene responsabilidad. Nos ha faltado entregar reglas claras y robustas, y ese es un desafío pendiente: actualizar nuestra legislación para que no dependa de interpretaciones cambiantes y dé certezas tanto a comunidades como a inversionistas.
Reforma institucional
4. Al hablar de reformas, ¿usted priorizaría recortar facultades al TC o más bien fortalecer a los Tribunales Ambientales con nuevas competencias, incluso por sobre la Corte Suprema?
Más que recortar o sumar facultades a un órgano, lo importante es equilibrarlas. Yo priorizaría fortalecer a los Tribunales Ambientales, pero con estándares claros y posibilidad de revisión en instancias superiores, para que haya control, pero también especialización.
Equilibrio desarrollo–medio ambiente
5. Cuando se habla de equilibrio entre desarrollo y naturaleza, suele terminar prevaleciendo lo económico. ¿Cómo garantizar que no sea solo un discurso y que la biodiversidad realmente quede protegida?
El equilibrio no puede seguir traduciéndose en que lo económico prime siempre. Eso exige reglas claras: indicadores ambientales exigibles, protección de la biodiversidad como límite y mecanismos de fiscalización independientes que garanticen que las promesas no queden en el papel.
Participación ciudadana
6. Hoy la participación se limita en gran medida a audiencias y observaciones. ¿No cree que sería más efectivo otorgar a las comunidades un verdadero poder de veto o consulta vinculante en proyectos de alto impacto?
Las audiencias actuales son insuficientes. Avanzar hacia mecanismos de consulta vinculante en proyectos de alto impacto es fundamental. No hablo de un veto total, pero sí de un poder real que permita condicionar o rediseñar proyectos a partir de la voz ciudadana.
Evidencia científica
7. ¿Qué mecanismos legislativos concretos propondría usted para que la ciencia no sea ignorada ni relativizada frente a intereses políticos o económicos en proyectos como Dominga?
La ciencia debe estar en el centro. Propongo que los estudios de impacto ambiental cuenten con la certificación de un comité científico independiente y que el Congreso reciba informes obligatorios de expertos antes de legislar en materias críticas como energía o minería.
Visión futura
8. Más allá de reformas puntuales, ¿no cree que Chile necesita reconocer de forma explícita en la Constitución los derechos de la naturaleza o el principio de no regresión ambiental para evitar estas disputas recurrentes?
Sí, Chile debe dar ese paso: reconocer los derechos de la naturaleza y el principio de no regresión ambiental en la Constitución. Así aseguramos que ninguna reforma futura debilite lo avanzado y que siempre exista un estándar mínimo de protección ecosistémica.
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