Entrevistas
Tras el fin del SENAME
Constanza Oliva Marchant: “La normativa no puede estar aislada y desentenderse de la realidad del sistema”
Oliva afirma que es necesario que el trabajo legislativo se haga desde la realidad del servicio junto a los organismos colaboradores, para este tipo de proyectos más que de la teoría sea de la práctica.

Por Lorena Andrea Cuevas Muñoz, Universidad Autónoma de Chile, sede Talca
Tras el cierre definitivo del Servicio Nacional de Menores (SENAME), casi medio siglo de funcionamiento, la institución —creada en 1979— cesa sus funciones para dar paso a una estructura institucional dividida y especializada, diseñada para responder a las severas críticas nacionales e internacionales por vulneraciones a los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes (NNA). Este proceso de transformación no es solo un cambio administrativo, sino una reingeniería profunda del sistema de justicia y protección. Resulta imperativo analizar esta transición desde la gestión técnica y jurídica, pues solo así es posible evaluar si la nueva institucionalidad permitirá a Chile, finalmente, saldar su deuda histórica con la infancia y la adolescencia.
Bajo esta premisa, Diario Constitucional conversa con Constanza Oliva Marchant, MBA candidate ESE Business School, Universidad de los Andes, experta Consagrada Organizaciones sin fines de lucro Leasing Lawyers 2024, Abogada encargada del área de Fiscalía de la Fundación Ciudad del Niño, una de las instituciones colaboradoras del Estado con mayor trayectoria en la ejecución de políticas públicas de infancia y adolescencia en Chile.
1.- ¿Cuáles considera que son los principales vacíos legales que deja la derogación de la Ley Orgánica del SENAME, frente a la puesta en marcha total, del nuevo Servicio de Reinserción Social Juvenil?
“Ha sido un proceso bien largo ya que el SENAME derivó en dos servicios. El servicio de protección de la niñez y adolescencia fue la primera transición a este nuevo sistema, que la reinserción viniera después en este cambio, resultó muy positivo. Creemos que ellos rescataron mucho de los aprendizajes de la implementación del servicio de protección que se hizo de forma paulatina, lo que ayudó a que la adaptación fuera más fácil.
Ahora bien, más que vacío legal lo que hace falta es armonización entre la nueva ley de reinserción y la ley de contratación de compras públicas, ya que nos rige mercado público para las licitaciones en materia de reinserción como lo establece la Ley 21.527, sin embargo ha sido difícil adaptar todo el sistema a la plataforma de compras públicas y aquí hay una oportunidad de mejora para el servicio a fin de alinear criterios como estándares técnicos, de licitación, respecto al mercado y contratación pública., entonces es necesario mejorar la coherencia y consistencia entre la normativa del servicio y la de compras públicas”.
2.-Desde la perspectiva de una fundación colaboradora, ¿cómo se ha gestionado la vigencia de los convenios y mandatos judiciales, para asegurar que la representación de los NNA en los tribunales durante el traspaso?
“Existe un cambio de modelo en lo técnico como en la oferta programática. Lo primero que ponemos a disposición del servicio en esta transición durante el período de licitaciones, es que efectivamente se cumpla con la atención hasta el traspaso del convenio, la nueva ejecución del código, o la transferencia a otro organismo colaborador. En el fondo, asegurar la plena cobertura hasta que se haga efectivo un nuevo proyecto.
Como fundación nos aseguramos que tanto la institución colaboradora que nos traspasa como la continuidad de los programas ya ejecutados, mantengan la línea y el apoyo durante el tiempo que se produce la transición, porque hay que asegurar la calidad y el servicio continuo.
Nosotros, tratamos de asegurar la implementación. Las licitaciones, el servicio se mantengan, lo que implica una comunicación constante con los tribunales, el Ministerio, el Servicio y el interceptor, es decir, todos los organismos que colaboran en esta red, sin que los niños, niñas y adolescentes vean el impacto de este cambio, dado que finalmente no les debiera influirles negativamente”.
3.- Estamos ante un traspaso masivo de información sensible. ¿Qué protocolos de seguridad jurídica y técnica se están exigiendo para garantizar que el historial de los jóvenes, no sea vulnerado ni utilizado fuera de los márgenes de la Ley 19.628?
“En primer lugar, tenemos políticas bien estrictas respecto a la confidencialidad y reserva de la información, que conforme a la Ley de datos, nosotros somos los primeros llamados a mantener el resguardo de los datos sensibles por tratarse de niños, niñas y adolescentes, que nosotros atendemos. Esto lo aseguramos mediante los contratos de trabajo de nuestros colaboradores, a través de los convenios que celebramos con el servicio y todas las alianzas en los que existe la obligación de confidencialidad de información, mientras su duración y ejecución del programa. Junto con ello, las carpetas y documentación asociada a nuestros usuarios, se mantienen bajo estricta reserva a través de protocolos de seguridad de la información, tanto digitales como físicas, y un monitoreo constante que hacemos desde la central que vigila se cumplan. Por ejemplo, la información que va hacia los tribunales sea de manera anonimizada así también otras instituciones como fiscalía.
Como la ley 19.628 se está actualizando, nos adelantamos a este cambio con reforzamiento e innovando los protocolos, que impidan la filtración de información ante las nuevas tecnologías, la IA, donde los Hackers pueden estar más avanzados que nosotros, por lo que hay que actualizar los sistemas de seguridad y estar atentos a cualquier cambio normativo, que implique tomar otras medidas”.
4.- Chile ha estado bajo la lupa internacional por el funcionamiento del SENAME. Desde su rol como fiscal, ¿cuáles son los tres pilares legales que, a su juicio, el nuevo Servicio debe blindar para evitar que el Estado vuelva a incurrir en responsabilidad internacional?
“Hace poco se publicó una carta del defensor de la niñez en la que refleja muy bien el diagnóstico del sistema, porque el SENAME en su transición hacia protección y reinserción ha representado un gran avance. Creo no estamos parados en la misma vereda en la estuvimos en época del SENAME, bajo el juicio nacional e internacional respecto a este tema.
Falta mucho, es un proceso paulatino y progresivo. Sin embargo, creo hay tres pilares muy importantes que debemos considerar al momento de reforzar este sistema e ir en pos de la mejora continua. Ese primer pilar es el *Espíritu Colaborativo,*con los organismos como nosotros. Me parece que la normativa, la ejecución, supervisión y desarrollo de los proyectos, tienen que ir de la mano del espíritu de colaboración, podamos trabajar con los distintos servicios, representar nuestros puntos de vista. Finalmente somos los que estamos en terreno, podemos aportar desde el hacer, de la vereda de la primera línea, ser escuchados en torno a que el sistema funcione mejor. Es parte de este principio colaborativo fundamental para que el sistema funcione.
Segundo lugar sería el principio de reforzamiento del interceptor, no se trata solamente de la implementación del servicio de reinserción o del servicio de protección como servicios independiente sino de un sistema como habla la ley. Ni el servicio ni nosotros trabajamos solos, pues se necesitan de las municipalidades, las gobernaciones, se requiere mucho del interceptor, del apoyo de otros ministerios porque es un trabajo en conjunto. Para sacar adelante a los niños es necesario todo el sistema se despliegue, no sacamos nada con presentar las atenciones psicosociales, ayudar con las salidas alternativas o cumplimiento alternativo si no tenemos el apoyo de la red de salud, educacional, empresariado, que ayude con la reinserción de los jóvenes que se pretende reincorporar al sistema, en definitiva.
Lo tercero efectivamente, la normativa representa un desafío en cuanto a implementación porque requiere la conversación con otras normas. Tiene que reflejar los dos principios anteriores. La normativa no puede estar aislada y desentenderse de la realidad del sistema como en el ejemplo de armonizar la ley de compras públicas o la ley de contratación a través del mercado público, con la nueva ley 21.527 o la misma ley del servicio de protección, la Ley 21.302 en su caso. Es necesario que el trabajo legislativo se haga desde la realidad del servicio junto a los organismos colaboradores, para este tipo de proyectos más que de la teoría sea de la práctica, lo que significa que estos cambios, reglamentos, instructivos y resoluciones del servicios, estén en armonía con la norma, reflejen la realidad con la que nosotros debemos operar. Si la Ley define parámetros muy altos e incumplibles para quienes tenemos que hacer el trabajo o los que estamos operando, necesitamos que la ley se acerque a nosotros para poder estandarizar esta realidad y poder cumplir de cara a los niños”.
5.- ¿Cómo cambia la naturaleza jurídica de la relación entre el Estado y los organismos colaboradores con el fin del SENAME?
“El mayor impacto del cambio de la naturaleza jurídica de la relación, ahora pasa a ser una especie de colaboración en la que uno rinde cuentas y es cartilla de gestión para poder acceder a los recursos, lo que consideramos muy positivo para la transparencia y probidad. El sistema está muy visible en cuanto a transparentar el uso de los fondos públicos. Nos beneficia, dado que podemos mostrar los que hacemos, cómo lo hacemos y los recursos que necesitamos. Se resume en la adaptación cultural, a esta participación desde el aporte y no desde la subvención, la necesidad de rendición de cuentas. Pasamos por un proceso de acreditación para ser organismo colaborador del servicio según los estándares, lo que implica un análisis cualitativo y cuantitativo de parte del servicio, si los organismos de colaboración somos capaces de llevar a cabo esta función con la calidad que se exige. Entonces, no implica solo un cambio en la naturaleza jurídica sino la adaptación a los convenios y acreditación institucional con exigencias que antes no existían. En ambos servicios nos acreditamos, tenemos que demostrar este respaldo financiero, técnico, legal, humano, para dotar los equipos y desplegar la labor que el servicio nos encomienda”.
6.-****¿Cuál identifica usted como la principal antinomia o vacío normativo en la Ley N° 21.527 que, por su potencial impacto en la operatividad del sistema, requeriría de una revisión legal a corto plazo?
Adicionalmente a la armonización de las normas, sin perjuicio se realicen ajustes en el futuro, existe un aspecto que la nueva ley no considera, que en principio la consideraba la Ley Orgánica Constitucional del SENAME, es la prevención secundaria y la anticipación. La nueva Ley de reinserción considera como facultades del nuevo servicio, la administración y ejecución de medidas y sanciones, tanto directamente como de los organismos colaboradores, pero falta la prevención de situaciones que puedan afectar a los adolescentes que presentan conductas de riesgo que no son infractores de ley o delitos. ¿Cómo nos hacemos cargo a través de la norma e implementación del nuevo servicio, en situaciones que están en el borde?, es decir, están en riesgo sin caer en circunstancias delictivas, hay un debe.
Nosotros en un grado menor, mediante la preparación socioemocional de los niños, nos damos cuenta que la prevención en todas las líneas es fundamental. Nos vemos amarrados porque no existe la cobertura a nivel de oferta entonces una parte muy importante es la prevención, ya que estamos mejorando el sistema y este aspecto debe incorporarse junto con la reinserción. Los estudios indican que mientras se incida a nivel de prevención, menor cantidad de usuarios tiene el sistema porque llegaste antes”.
7.- Ante la complejidad del traspaso, ¿qué medidas de prevención legal ha adoptado la Fundación derivadas de la transición administrativa?
“Desde que nos preparamos para las distintas acreditaciones, hemos establecido ciertas metas u objetivo respecto del cumplimiento. La idea es configurar un sistema de cumplimiento institucional que fuera más allá del protocolo aplicado al proyecto, del tema crítico, sino hacer un levantamiento real de todos los riesgos asociados e incorporar la reinserción de manera activa en este sentido.
Contamos no solo con un modelo de prevención del delito que considera la reinserción, como delitos contra NNA como delitos de mal uso de fondos públicos. Reforzamos con matrices de riesgo operativo, levantamos alerta, una especie de semáforo de aquellos que son más críticos, para adelantarnos, hacer controles más eficientes y tener un seguimiento continuo. Nuestras cartas están enfocadas principalmente, en el levantamiento de riesgo, confección de matrices robustas que contengan controles y seguimientos continuo y por supuesto la coherencia de nuestras políticas, procedimientos, contratos etcétera, para que institucionalmente haya coherencia dirigida a la mejor atención, calidad del servicio para los niños”.
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