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Entrevistas

Justicia juvenil

Christel Huber: «El sistema penal adolescente hoy es reactivo, desarticulado y muchas veces ineficaz”

La abogada advierte que las principales falencias del sistema se encuentran en la implementación de las medidas y la falta de articulación institucional, factores que inciden en la reincidencia y en su limitada capacidad de respuesta frente a la criminalidad juvenil actual.

Por Joaquín Tomás Guerrero Reyes·01 de mayo de 2026·11 min de lectura
Christel Huber: «El sistema penal adolescente hoy es reactivo, desarticulado y muchas veces ineficaz”
Imagen referencial

Por Joaquín Tomás Guerrero Reyes, Universidad Finis Terrae

En los últimos años, la responsabilidad penal adolescente ha vuelto a instalarse con fuerza en el debate público, especialmente ante el aumento de hechos de violencia protagonizados por jóvenes, tanto en establecimientos educacionales como en delitos contra la propiedad y participación en dinámicas delictuales más complejas. Estos fenómenos han reabierto la discusión sobre la eficacia de la Ley N° 20.084, la capacidad del sistema para responder a nuevas formas de criminalidad juvenil y la necesidad de fortalecer los mecanismos de prevención y reinserción social.

A ello se suman desafíos estructurales ya identificados, como la reincidencia, la falta de especialización de los actores del sistema y las dificultades en la implementación de programas socioeducativos.

Ante esta realidad, surgen interrogantes fundamentales para el futuro de nuestra justicia: ¿Cómo armonizar las garantías procesales y el interés superior del niño con la demanda social de seguridad y retribución penal? ¿Es posible que un sistema técnico y sancionatorio logre efectivamente la «prevención especial positiva» sin desatender las carencias psicosociales que originan la conducta infractora?

En este contexto, conversamos con Christel Huber, abogada titulada de la Universidad Finis Terrae sobre los principales nudos críticos del sistema y los desafíos que enfrenta la justicia juvenil en Chile

1.- En el último tiempo se han registrado diversos episodios de violencia protagonizados por adolescentes en establecimientos educacionales, generando preocupación pública y debate legislativo. En este contexto, ¿cómo evalúa el impacto de la violencia escolar en el sistema de responsabilidad penal adolescente?

La frecuencia y regularidad de este tipo de episodios no deja a nadie indiferente y por ello, ya no se puede tratar como un caso aislado o poco influyente; llegando a concluir y considerar hoy en día al sistema penal adolescente no como un agente preventivo en las etapas iniciales, sino reactivo, desarticulado y, muchas veces, ineficaz cuando el conflicto ya escaló. Esto debido a la evidente desconexión entre el sistema educativo junto con los programas de protección y el sistema penal juvenil per se, que ha persistido desde hace mucho tiempo, pero que ahora por lo mediático que se ha vuelto este tema, se ha reanudado la discusión. Y precisamente dicha desconexión se explica, porque se sigue intentando encuadrar los fenómenos que están sucediendo en la actualidad, en un marco normativo que fue diseñado para una realidad social completamente distinta; no siendo por ende suficiente para dialogar ni solucionar las causas reales del conflicto.

Hasta el momento, cada episodio de violencia se ha tratado de analizar desde los factores del núcleo familiar, social, personal y de salud mental del adolescente, pero realmente sobre el impacto que han traído consigo esta diversidad de incidencias no se ha analizado con el suficiente énfasis ni tampoco se ha concluido en términos favorables que el aumentar la “severidad” del sistema de responsabilidad penal adolescente solucionará a corto plazo el asunto; sobre todo porque para algunos supondría dicha visión una vulneración hacia los derechos para los mismos adolescentes hablando desde los términos del derecho de educación, debido proceso y privacidad.

2.- Se ha observado una mayor participación de adolescentes en delitos contra la propiedad y en hechos de mayor complejidad, lo que ha reactivado el debate sobre la eficacia del sistema vigente. En este escenario, ¿estima que el sistema de responsabilidad penal adolescente cuenta con herramientas suficientes para enfrentar estas nuevas formas de delincuencia juvenil?

Bajo mi punto de vista, no.

El sistema sigue operando bajo un umbral y lógica que respondía a formas tradicionales de delincuencia juvenil que se tenían contempladas en el año 2007 tras la entrada en vigencia de la Ley 20.084, imposibilitando hacer frente a los fenómenos que hoy en día ocurren y que son más complejos, sea en términos de organización, vínculos con la criminalidad adulta e inclusive incorporando dinámicas propias de lo que sería el crimen organizado. En el mismo orden de ideas traemos a colación un dilema muy conocido, que no solamente ocurre en nuestra área penal, sino que, en varias especialidades del derecho, que es sobre la falta de actualización de las leyes a los tiempos modernos, por no evolucionar o adaptar la normativa al mismo ritmo en que escalan y despliegan estos desafíos y nuevas necesidades.

Entonces, más que una falta absoluta de herramientas, lo que persiste es una deficiencia en la adecuación del marco normativo con las estrategias de intervención actual. Si bien es cierto la Ley 20.084 contempla un abanico de sanciones aplicables para el caso a caso, el tema está en que se ha brindado a nivel de resultado una reinserción débil a nivel de coordinación institucional y cobertura irregular. Por ello mismo, la clave está en diseñar políticas de prevención que sean proporcionales, transparentes, con perspectiva de mira y con foco.

3.- Considerando que la reinserción social constituye uno de los objetivos centrales de la Ley N° 20.084, ¿cree que los programas actuales cumplen efectivamente con dicha finalidad?

Considero que, siendo la principal finalidad del sistema de responsabilidad penal adolescente, no se ha cumplido de manera consistente en la vida real.

A nivel teórico, los programas se miran inicialmente bien diseñados, destinados a reducir la reincidencia, orientados al trabajo familiar, enfocados en lograr un cambio positivo en el entorno individual del adolescente y de fomentar un continuo y significativo desarrollo personal del mismo, pero en realidad, al hablar de su implementación y tangibilidad, presenta desafíos y deficiencias por un sinfín de motivos, dentro de los cuales podemos destacar la falta de recursos, la escasa especialización de parte de los profesionales quienes imparten y fomentan dichos programas; y la equivocada y estandarizada conceptualización de dicha intervención, vale decir, enfocada más en la severidad que en atender las particularidades de cada adolescente.

Precisamente, cuando hacemos alusión a un concepto tan amplio como la reinserción, a fortiori se necesitan intervenciones más profundas, personalizadas, continuas y perfectamente coordinadas, donde se deja de lado finalmente la noción del “cumplimiento formal” de los programas como una sanción y derechamente garantizar con medidas puntuales un impacto positivo y real en la trayectoria de vida del adolescente; marcando un real antes y después.

4.- La reincidencia juvenil ha sido identificada como uno de los principales problemas del sistema. ¿Cuáles son, a su juicio, los factores que explican este fenómeno?

En el mismo orden de ideas de la pregunta anterior, así como la reinserción es la principal finalidad del sistema de responsabilidad Penal Adolescente, a su vez personifica su “Talón de Aquiles”. Precisamente, la poca efectividad que se ha demostrado en la reinserción de los adolescentes demuestra en términos categóricos el fracaso de la administración y de la implementación abstracta del mismo sistema, encontrando entre las principales causas la precariedad de las intervenciones que se realiza a cada adolescente y al entorno familiar, la falta de continuidad y seguimiento en los procesos de reinserción y la inexistencia de redes de apoyo efectivas una vez que finaliza esta sanción establecida por el debido proceso.

5.- Frente al aumento de la delincuencia juvenil, han surgido propuestas para endurecer las sanciones o modificar la edad de responsabilidad penal. ¿Considera que estas medidas constituyen una respuesta adecuada?

Por sí solas, no las considero respuestas adecuadas para solucionar realmente el problema de raíz.

Endurecer las sanciones o bajar la edad de imputabilidad en teoría pueden generar una sensación de control, pero a corto plazo; o incluso pueden ser considerados como factores que aumenten la reincidencia. No hay que olvidar que el sistema actual fue diseñado con la concepción de la criminología adolescente, dónde el comportamiento delictivo de los jóvenes está fuertemente condicionado por factores como la impulsividad, influencia del entorno y falta de madurez en la toma de decisiones; desarrollo completamente distinto al de un adulto y por ello, se forja este régimen especial enfocado en la reinserción. Por lo tanto, el desconocer esa principal finalidad a cambio de aumentar la severidad, implica un retroceso en los estándares básicos de la justicia penal adolescente.

En esa misma línea, si aplicamos alguna de esas propuestas, no solamente será poco eficaz, sino que puede llegar a ser contraproducente, porque finalmente estamos exponiendo tempranamente a los jóvenes a sistemas más punitivos que tienden a reforzar trayectorias delictivas en lugar de encaminarlos a una verdadera recuperación.

El problema no está en la falta de dureza en la ley, sino que en su deficiente ejecución. Por lo mismo, considero que fortalecer la intervención temprana, mejorar los programas de reinserción y actualizar el sistema serían medidas eficaces y coherentes para contratacar el fenómeno delictual que estamos enfrentando en la actualidad.

6.- A más de quince años de la implementación de la Ley N° 20.084, ¿cuáles diría que han sido sus principales avances y limitaciones?

En cuanto a avances, destacaría en principio la conceptualización, enfoque e incorporación del sistema de responsabilidad penal adolescente, por significar un auge y un cambio paradigmático al considerar a los jóvenes de entre 14 y 17 años como sujetos activos en el iter criminis y por ende, responsables de sus actos. Asimismo, cabe acentuar la diversidad en el implemento de sanciones o medidas que al fin y al cabo se adecuan para al caso a caso, y la especialización que se ha demostrado por parte de defensores, fiscales y jueces, para lograr un planteamiento de los conflictos optimizado, consciente y potencialmente más justo.

Sin embargo, entre las limitaciones enfatizo nuevamente en la distancia entre ese diseño y su aplicación práctica, ya que a pesar de la amplia gama de sanciones que la ley contempla, especialmente las de carácter socioeducativo, no siempre los programas cuentan con la suficiente cobertura; terminando con desnaturalizar el espíritu de la ley y con debilitar la anhelada reinserción.

En segundo lugar, si bien es cierto ha habido especialización para el conocimiento de este tipo de casos, todavía sigue siendo desigual, ya que a pesar de la capacitación que han tenido los sujetos procesales, no se cuenta realmente con un estándar homogéneo en todo el país; generando por lo tanto diferencias en la forma en que se aplica la ley, dependiendo del juez que conoce del conflicto.

Por último, vuelvo a remarcar la falta de adecuación del marco normativo frente a los cambios en la realidad delictual juvenil, ya que ante la presencia de fenómenos más complejos y ante la mayor participación de los adolescentes en delitos violentos o en dinámicas del crimen organizado, tensan cada vez más el sistema que fue diseñado bajo supuestos distintos. En el mismo orden de ideas, también persiste un déficit importante en la articulación interinstitucional, ya que la reinserción no depende solo del sistema judicial, sino que implica un trabajo colaborativo con las políticas públicas en educación, salud mental y protección social, que constantemente deben complementarlo.

7.- En un contexto marcado por el aumento de la violencia juvenil, la reincidencia y la mayor complejidad de los delitos cometidos por adolescentes, ¿cuáles son, a su juicio, los principales desafíos que enfrenta el sistema de responsabilidad penal adolescente en Chile en el corto y mediano plazo?

El sistema de responsabilidad penal adolescente enfrenta un sinfín de desafíos, que conciben una tensión estructural compleja: responder a una realidad de mayor violencia juvenil, pero a la vez sin abandonar el enfoque principal que es la reinserción y resguardar los derechos de los mismos jóvenes.

Si hablamos a corto plazo, el sistema enfrenta pruebas en lo que se refiere a mejorar la ejecución de las sanciones, ya que muchas veces las medidas como la libertad asistida o los programas de intervención presentan niveles dispares de calidad, escaso seguimiento individualizado y una débil credibilidad del sistema en la práctica. Otro desafío inmediato está en la coordinación interinstitucional, ya que se ha demostrado una operación aislada del sistema más que un trabajo conjunto con las áreas de la salud, educación y redes territoriales. Por lo tanto, si no se tiene una articulación real, las intervenciones que se realizan a los adolescentes quedan fragmentadas, llegando la mayoría de los adolescentes a adaptarse al medio en lugar de que el sistema se organice en torno a su trayectoria.

En el mediano plazo, podemos identificar el desafío sobre la estructura y grado de especialización del sistema, ya que se demuestra que no es suficiente con que los operadores estén capacitados y tengan conocimiento técnico del área, sino que también es menester la formación de lineamientos y criterios homogéneos de intervención. En la actualidad se observan diferencias significativas en la forma en que se aplican y supervisan las sanciones según el sector, lo que dificulta el afán de establecer estándares claros y exigibles que permitan mejorar los resultados en materia de desistimiento delictivo. Es más, otro desafío ligado al anterior es reforzar la legitimidad del sistema, puesto que no basta con que funcione técnicamente, sino que la misma ciudadanía debe percibirlo como justo y eficaz. Para ello, se vuelve necesario avanzar en mayor transparencia de los resultados, fortalecer la comunicación institucional y, especialmente, demostrar con evidencia concreta que las intervenciones que realiza el medio, contribuyen a disminuir la reincidencia.

8- Más allá de los marcos normativos, existe una tensión entre la demanda social de justicia y la necesidad de rehabilitación de los adolescentes infractores. Desde su perspectiva personal y profesional, ¿dónde se sitúa el equilibrio entre sanción y reinserción, y qué falta como sociedad para comprender que esta última también es una forma de fortalecer la seguridad pública?

En mi opinión, el equilibrio se encuentra en combinar la efectividad de la sanción con el componente de la reinserción, en base a un estudio ahondado en la criminología adolescente, ya que justamente es un tema que no solamente tenemos que analizar desde la perspectiva jurídica, sino que además debemos abarcar todas las aristas relacionadas. A nivel social, todavía nos falta comprender que la reinserción no es un acto altruista o benevolente, sino que es una herramienta de seguridad pública, donde se busca responder ante un hecho delictivo e imposibilitar que el mismo adolescente quede “marcado” en un círculo vicioso permanente y que, por ende, recaiga en la reincidencia constantemente.

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