Contraloría General de la República
Servicios Locales de Educación Pública
Contraloría respalda descuentos del MINEDUC por licencias médicas y precisa que SLEP debe asumir pago
El pronunciamiento establece que el MINEDUC actuó conforme a la normativa al descontar de los recursos transferidos a los Servicios Locales de Educación Pública los gastos derivados de licencias médicas de los docentes, precisando que corresponde a los SLEP financiar estos pagos con recursos propios, tal como lo establecen las leyes de presupuestos de 2023 a 2025 y la jurisprudencia administrativa de la Contraloría.

La Contraloría General de la República emitió el Dictamen N° E150651N25, mediante el cual aclaró que no existe irregularidad en el procedimiento utilizado por el Ministerio de Educación (MINEDUC) para descontar de las transferencias destinadas al pago de ciertos beneficios, los gastos asociados a las licencias médicas otorgadas a los docentes de los Servicios Locales de Educación Pública (SLEP). El pronunciamiento responde a una solicitud de revisión presentada por el SLEP de Valparaíso, que cuestionó la carga financiera que le generaban dichos descuentos.
En su fundamento, la Contraloría recordó que las leyes de presupuestos de los años 2023, 2024 y 2025 prohibieron expresamente que los SLEP financiaran los gastos derivados de licencias médicas con cargo a los recursos transferidos por el MINEDUC para el pago de determinados beneficios remuneratorios, como la asignación por tramo de desarrollo profesional, la bonificación de reconocimiento profesional y la asignación por docencia en establecimientos de alta concentración de alumnos prioritarios. Además, el dictamen precisó que el procedimiento de cálculo utilizado por el MINEDUC para realizar los descuentos se ajusta al Decreto N° 969 de 1933 y a la jurisprudencia administrativa de la Contraloría, aplicando un método proporcional basado en el sueldo mensual y las horas no trabajadas.
El dictamen también citó pronunciamientos anteriores de la Contraloría, como los dictámenes N°s. 18.871/2010, 68.464/2012, 91.879/2015 y E262050/2022, que establecieron criterios similares sobre la financiación de remuneraciones en situaciones de licencias médicas y la obligación de los SLEP de cubrir estos pagos con sus propios recursos cuando la normativa presupuestaria lo impide.
En conclusión, la Contraloría sostuvo que corresponde a los SLEP financiar con recursos propios, y no con los provenientes de las transferencias del MINEDUC, las remuneraciones de los funcionarios con reposo médico durante las anualidades mencionadas. Por consiguiente, no se advierte irregularidad en el actuar del Ministerio de Educación al efectuar los descuentos y se instruye a las reparticiones involucradas a ajustar su actuación conforme a lo establecido en este pronunciamiento.
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