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Cartas al Director

Villarrica y la omisión administrativa: El desafío de la servicialidad ante la crisis ambiental

El retiro del Plan de Descontaminación del Lago Villarrica abre cuestionamientos sobre la legalidad de la decisión administrativa, advirtiéndose una posible omisión inconstitucional frente al deber de garantizar el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

Por Erika Navarro Steenbecker·23 de marzo de 2026·1 min de lectura
Imagen: surinformado.cl
Imagen referencial

Como estudiante de Administración Pública, observo con preocupación técnica el retiro del Plan de Descontaminación del Lago Villarrica. Más allá del debate coyuntural, este acto plantea una interrogante sobre la validez sustancial de las decisiones administrativas frente a la primacía de la persona.

Según la doctrina del profesor Eduardo Soto Kloss, el Estado es un ser accidental cuya única razón de existir es el servicio a la persona humana. El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación (Art. 19 N° 8 de la CPR) es un axioma jurídico de aplicación directa. Postergar su protección bajo la figura de una «revaluación», sin establecer medidas de amparo inmediatas, podría constituir una omisión inconstitucional, afectando el núcleo esencial de un derecho fundamental (Art. 19 N° 26 de la CPR).

La soberanía del Ejecutivo no es absoluta; tiene su límite infranqueable en los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana (Art. 5° inc. 2° de la CPR). Es imperativo que la Administración no olvide su misión ministerial de servicio, para evitar caer en el escarnio de la dignidad de quienes habitan la cuenca del Villarrica.

Erika Navarro Steenbecker

Estudiante de Administración Pública

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