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Cartas al Director

¿Una nueva colusión?

La acusación presentada por la Fiscalía Nacional Económica contra Pluxee y Edenred reabre el debate sobre los efectos de la colusión en los mercados, una práctica que, de acreditarse, no solo afecta la competencia y los precios, sino también la confianza de consumidores, inversionistas y actores económicos en las instituciones encargadas de resguardar la libre competencia.

Por Redacción·06 de junio de 2026·2 min de lectura
Imagen: ChatGPT/Elke
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La reciente acusación de la Fiscalía Nacional Económica contra Pluxee (ex Sodexo) y Edenred por una presunta colusión en el mercado de vales de alimentación y vestuario debe ser abordada con seriedad institucional. No corresponde reemplazar el trabajo del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, pero sí corresponde recordar que la colusión, cuando se acredita, constituye una de las formas más graves de daño al mercado.

Desde la economía, estas conductas representan una falla de mercado inducida: competidores que deberían disputar clientes, precios, calidad e innovación dejan de hacerlo y sustituyen la competencia por coordinación. El concepto moderno de falla de mercado fue formalizado por Francis M. Bator en 1958, aunque sus fundamentos se vinculan con la economía del bienestar de Arthur Pigou. Cuando se asignan clientes, cuotas o zonas, el mercado deja de ser un espacio de eficiencia y se transforma en un mecanismo de extracción de rentas.

El daño no es abstracto. La colusión puede elevar precios, reducir calidad, limitar la entrada de nuevos competidores y afectar a consumidores, trabajadores, estudiantes, empresas y organismos públicos. Además, profundiza la desigualdad, porque opera como un sobrecosto oculto que golpea proporcionalmente más a quienes tienen menor poder de negociación. También daña la inversión: donde existe sospecha de acuerdos ocultos, aumentan la incertidumbre, el riesgo regulatorio y la desconfianza hacia los negocios legítimos.

Chile cuenta hoy con una institucionalidad que debe ser valorada: la FNE investiga, el TDLC resuelve y la Corte Suprema puede revisar. La Ley N° 20.945 fortaleció el sistema al aumentar sanciones, perfeccionar la delación compensada, incorporar control de operaciones de concentración y criminalizar la colusión. En este caso, según informó la FNE, Edenred y tres ex ejecutivos habrían accedido a delación compensada, por lo que se solicitó eximirlos de multas y declarar la exención de responsabilidad penal respecto de los ejecutivos cubiertos por el programa. No se trata de impunidad automática, sino de una herramienta para romper carteles que, por su propia naturaleza, suelen operar en secreto.

La comparación con Estados Unidos es útil: la Sherman Actde 1890, complementada por la Clayton Act y la Federal Trade Commission Act de 1914, trata los acuerdos de fijación de precios, manipulación de licitaciones y reparto de mercados como infracciones especialmente graves, incluso con consecuencias penales. Chile, con una trayectoria más reciente, ha avanzado hacia un sistema moderno y especializado, coherente con los estándares internacionales.

La libre competencia no es solo una regla para economistas o abogados. Es una garantía para consumidores, emprendedores e inversionistas. Es la promesa de que en Chile se puede competir con mérito, innovación y transparencia. Cuando esa promesa se rompe, no solo pierde el consumidor: pierde la confianza en el mercado y en las instituciones. Por eso, frente a esta pregunta ¿una nueva colusión? la respuesta debe ser institucional, firme y técnica: investigar, sancionar si corresponde, reparar a los afectados y evitar que estas prácticas vuelvan a ocurrir.

Erik Escalona

Decano Facultad de Negocios y Tecnología Universidad

UNIACC

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