Cartas al Director
La manía de regular todo: Inteligencia Artificial y Derecho
Frente al avance de la inteligencia artificial en el ámbito jurídico, este artículo aboga por un enfoque regulatorio basado en principios éticos y filosófico-jurídicos, que evite una sobrerregulación contraproducente. En lugar de un catálogo de reglas restrictivas, se propone una regulación inteligente y flexible que promueva la innovación, el acceso a la justicia y la transformación positiva del sistema legal.

La irrupción de la inteligencia artificial (IA) en el ecosistema jurídico ha catalizado un vigoroso y necesario debate en torno a su regulación. Si bien la prudencia legislativa es un pilar del Estado de Derecho, una aproximación apresurada y excesivamente prescriptiva, motivada por una aversión al riesgo, podría paradójicamente menoscabar los mismos principios que busca proteger: la eficiencia, el acceso a la justicia y la equidad. Este artículo propone una reflexión crítica a favor de un marco regulatorio que privilegie la libertad de uso e innovación, articulado en torno a principios éticos y filosófico-jurídicos, en lugar de un cuerpo de reglas casuísticas y restrictivas.
- El Potencial Transformador de la IA para el Sistema Judicial
Desde una perspectiva teórica, los beneficios potenciales de la IA para la administración de justicia son transformadores. Autores como Richard Susskind (2023) argumentan que la tecnología no reemplazará a los profesionales del derecho, sino que redefinirá radicalmente sus funciones y los modelos de prestación de servicios. Las herramientas de IA son capaces de realizar análisis predictivos, revisiones documentales masivas (e-discovery) y una gestión procesal automatizada. Esta optimización de recursos no es un fin en sí mismo, sino un medio para un fin superior: la materialización del acceso universal a la justicia, reduciendo costos y tiempos procesales que actualmente constituyen barreras prohibitivas para una vasta porción de la ciudadanía.
- Los Riesgos de la Sobrerregulación: Una Perspectiva Filosófico-Jurídica
Las objeciones a una adopción liberal de la IA se centran en riesgos innegables como el sesgo algorítmico, la opacidad de los modelos (black box problem) y la potencial erosión de la función deliberativa del juez (Macchiavelli, 2024). Sin embargo, una respuesta regulatoria que se limite a la creación de un catálogo de prohibiciones y reglas específicas puede resultar contraproducente.
Desde la filosofía del derecho, esta aproximación choca con la influyente distinción de Ronald Dworkin entre «reglas» y «principios». Las reglas se aplican de una manera de «todo o nada», mientras que los principios ofrecen razones para decidir en una dirección determinada, pero deben ser ponderados. Una regulación excesivamente basada en reglas para la IA corre el riesgo de convertir al juez en un mero aplicador de un manual técnico, inhibiendo su capacidad interpretativa, aquella que Dworkin atribuía a su juez ideal «Hércules». El desafío no es eliminar el juicio humano, sino potenciarlo con herramientas, para lo cual se requiere un marco de principios flexibles y no una jaula de reglas rígidas.
Adicionalmente, desde una perspectiva crítica inspirada en Michel Foucault, todo marco regulatorio puede ser analizado como un «dispositivo de poder-saber». Una regulación prematura y exhaustiva sobre la IA en el derecho no solo dictaría los usos permitidos de la tecnología, sino que también podría consolidar las estructuras de poder existentes dentro de la profesión legal, creando barreras de entrada para innovadores y pequeños despachos que no puedan navegar la complejidad normativa.
- Hacia un Modelo de Regulación Inteligente y Basado en Principios
La alternativa a la sobrerregulación no es la ausencia de normas, sino la adopción de un modelo de «regulación inteligente», flexible y tecnológicamente neutro. Este enfoque, en línea con las recomendaciones de la UNESCO (2021), debe fundamentarse en principios cardinales:
-
Transparencia y Explicabilidad: Los sistemas de IA, especialmente los utilizados en el sector público, deben ser auditables y sus decisiones, interpretables.
-
Responsabilidad y Rendición de Cuentas: Debe existir siempre una persona natural o jurídica claramente identificable como responsable final de las operaciones de un sistema de IA.
-
Supervisión Humana Significativa: La autonomía de la tecnología debe estar supeditada al control y la decisión final de un ser humano, especialmente en contextos jurisdiccionales.
El reciente Reglamento de IA de la Unión Europea ilustra esta lógica. En lugar de proscribir la tecnología en su conjunto, clasifica sus aplicaciones según el nivel de riesgo, imponiendo obligaciones proporcionales a dicho nivel (Parlamento Europeo, 2024). Este es un modelo mucho más sofisticado y pro-innovación que una regulación basada en prohibiciones generales.
El legislador chileno debe resistir la tentación de una sobrerregulación reactiva. El camino más promisorio es el desarrollo de un marco legal que, en lugar de predefinir cada posible uso de la IA, establezca principios éticos y jurídicos claros que guíen su desarrollo y aplicación. Se debe incentivar la innovación a través de entornos de prueba (regulatory sandboxes) y, fundamentalmente, fortalecer la formación digital de abogados y jueces para que sean usuarios críticos y competentes.
La libertad para desarrollar y aplicar la inteligencia artificial en el derecho no implica un vacío legal, sino la preferencia por un marco normativo inteligente, que guíe en lugar de restringir. Se trata de gestionar los riesgos de forma proactiva sin sacrificar el inmenso potencial de esta tecnología para construir un sistema de justicia más eficiente, accesible y, en última instancia, más justo.
Felipe Solar
Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales
Universidad Alberto Hurtado
Bibliografía
-
Macchiavelli, N. (2024). Inteligencia Artificial y su Impacto en el derecho: Un Análisis Crítico desde la Perspectiva Jurídica, por Nieves Macchiavelli. Constitucional. https://www. diarioconstitucional.cl/2024/ 10/05/inteligencia-artificial- y-su-impacto-en-el-derecho-un- analisis-critico-desde-la- perspectiva-juridica-por- nieves-macchiavelli/
-
Parlamento Europeo. (2024). EU AI Act: first regulation on artificial intelligence . https://www. europarl.europa.eu/news/en/ headlines/society/ 20230601STO93804/eu-ai-act- first-regulation-on- artificial-intelligence
-
Susskind, R. (2023). Tomorrow’s Lawyers: An Introduction to Your Future (3rd ed.). Oxford University Press.
-
UNESCO. (2021). Recomendación sobre la Ética de la Inteligencia Artificial . https://unesdoc. unesco.org/ark:/48223/ pf0000380455_spa
-
Dworkin, R. – Law’s Empire (1986). (Concepto del juez Hércules y la distinción entre principios y reglas).
-
Foucault, M. – Vigilar y castigar (1975). (Concepto de poder/saber o savoir/pouvoir y su aplicación al análisis de marcos regulatorios).
Temas
Te puede interesar

Cartas al Director
Ética, derecho y sentido común: sobre la exigencia de buena conducta para ejercer la abogacía

Cartas al Director
El rol del Concejo Municipal en la aprobación de los Programas de Mejoramiento de Gestión (PMG)

Cartas al Director
La Obsolescencia Estructural del Código de Minería: Anacronismo Sistémico y su Colisión con el Orden Constitucional

Cartas al Director
La modernización llegó a las ferias libres
Newsletter
Lo esencial del derecho, cada mañana
Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.