Cartas al Director
Argentina: Reforma penal e inteligencia artificial, el Derecho ante el desafío de la era digital
El anteproyecto de reforma al Código Penal propone una respuesta moderna y sistematizada a los delitos del siglo XXI, especialmente en materia de ciberdelitos y abusos sexuales contra menores, aunque plantea tensiones constitucionales en el uso de inteligencia artificial y el alcance de la potestad punitiva del Estado.

El anteproyecto de reforma integral del Código Penal de Argentina presentado por el Poder Ejecutivo vuelve a poner en agenda una pregunta central: cómo actualizar el derecho penal para responder a conductas del siglo XXI sin perforar las garantías constitucionales. El texto unifica normas dispersas, incorpora un capítulo robusto de ciberdelitos y endurece el tratamiento de los delitos contra la integridad sexual.
En lo sexual, la reforma agrava penas para grooming y abuso infantil e introduce ajustes al régimen de prescripción que fortalecen la posición de las víctimas menores de edad. También criminaliza con mayor claridad la producción, distribución y —dato clave— la tenencia de material de abuso sexual infantil. La señal es inequívoca: se busca cerrar vacíos que protegían de hecho a los depredadores digitales y facilitar la persecución penal de cadenas de explotación.
La modernización tecnológica aparece en dos planos. Primero, en el nuevo catálogo de ciberdelitos: el proyecto tipifica la creación y difusión de deepfakes sexuales, eleva la respuesta frente a estafas informáticas potenciadas por sistemas automatizados y ordena la protección rápida de la intimidad (remoción de contenidos ilícitos). Segundo, en el uso estatal de inteligencia artificial para prevenir e investigar: análisis de fuentes abiertas, reconocimiento facial y analítica de patrones. Ahí nace el nudo constitucional.
Mi ponencia “Inteligencia Artificial y Derecho: Innovación y Retos Éticos en la Legislación Tecnológica” ya había advertido tres principios operativos que hoy resultan insoslayables: transparencia técnica y trazabilidad de los sistemas, auditoría ex ante y ex post, y presencia de un criterio humano revisor indelegable. La eficacia que promete la IA en seguridad debe convivir con límites claros: control judicial, reglas contra sesgos y mecanismos de explicación cuando un algoritmo incide en la libertad de una persona. Sin estos contrapesos, el derecho a la defensa se vacía de contenido.
La reforma también abre frentes de debate político-jurídico que el Congreso deberá procesar. La tipificación de conductas vinculadas a protestas y la discusión sobre el tratamiento del femicidio tensan el equilibrio entre igualdad formal y desigualdad real; del otro lado, la idea de “amurar” el equilibrio fiscal por vía penal enfrenta objeciones constitucionales (división de poderes, fueros parlamentarios). Son discusiones legítimas, que exigen una deliberación seria y técnica.
Balance. A favor: sistematización de la legislación penal; mejor protección de víctimas —sobre todo menores—; actualización frente a delitos digitales y a la economía del dato; desincentivo a estafas y a la pornografía infantil en todas sus fases (incluida la tenencia).
En contra o a vigilar: riesgos de sobrerregular con lógica punitiva ámbitos de protesta; tentación de usar IA sin suficientes garantías; y cualquier avance penal sobre decisiones políticas que corresponden al juego democrático y presupuestario.
Conclusión. El derecho penal del siglo XXI no solo debe castigar conductas nuevas; debe también regular los mecanismos —algorítmicos— que detectan, predicen y sancionan. La reforma avanza en modernización y protección de bienes jurídicos sensibles. El desafío constitucional es asegurar que esa modernización venga con caja de herramientas: transparencia, trazabilidad, auditoría independiente y control humano real. Solo así la promesa de más seguridad no se llevará puesta la promesa, más antigua, del Estado de Derecho.
Ezequiel Brunner
Estudiante de Abogacía e Investigador en Transparencia Algorítmica y Derecho Tecnológico
Facultad de Ciencias Jurídicas — Universidad Kennedy
Autor de la ponencia premiada “Inteligencia Artificial y Derecho: Innovación y Retos Éticos en la Legislación Tecnológica” (Anuario Oficial 2024, UK).
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