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Cartas al Director

Algoritmos que excluyen la neurodiversidad

El avance de la inteligencia artificial en ámbitos como el empleo, la educación y la salud plantea riesgos de discriminación estructural hacia personas neurodivergentes, evidenciando vacíos normativos en Chile pese al reconocimiento de los neuroderechos y la falta de estándares que aseguren una inclusión efectiva en los sistemas algorítmicos.

Por Ximena Gandarillas Parra·20 de abril de 2026·2 min de lectura
Imagen: mujeresyautismo.com
Imagen referencial

La inteligencia artificial ha dejado de ser una promesa futurista para convertirse en una infraestructura silenciosa que condiciona decisiones cotidianas en educación, empleo, salud y justicia. Algoritmos de selección laboral filtran candidatos, sistemas educativos adaptativos evalúan capacidades cognitivas y plataformas de salud mental digital categorizan pacientes, todo ello según parámetros que asumen un único modo «correcto» de funcionamiento neurológico. Quienes no encajan en ese molde como personas con autismo, TDAH, dislexia u otras condiciones neurodivergentes, enfrentan una forma de discriminación estructural que, por invisible, resulta especialmente peligrosa.

El problema no radica en una voluntad deliberada de excluir. Como han documentado López Martínez y García Peña (2024), los sesgos algorítmicos más frecuentes son de impacto desigual involuntario: emergen de datos de entrenamiento que reflejan estándares neurotípicos y los cristalizan como norma universal. Estos sistemas, que Bender et al. (2021) han descrito como «loros estocásticos», capaces de producir textos convincentes sin comprender su significado, no evalúan la diversidad humana: la eliminan estadísticamente. El resultado es una violencia epistémica, en términos de Pérez (2019), que suprime formas legítimas de conocer y estar en el mundo.

Chile fue pionero al consagrar constitucionalmente los neuroderechos mediante la Ley N° 21.383 de 2021, un hito normativo reconocido internacionalmente. Sin embargo, esa protección permanece incompleta mientras no existan obligaciones estatales específicas para prevenir la discriminación algorítmica contra personas neurodivergentes, estándares técnicos que garanticen la inclusión neurodiversa en el diseño de sistemas de IA, ni mecanismos efectivos de control y reparación. La Unión Europea avanzó parcialmente con su AI Act, y Brasil tramita un proyecto de ley sobre inteligencia artificial que aborda la discriminación algorítmica indirecta, pero ninguno de estos marcos desarrolla específicamente la dimensión de la neurodiversidad.

El paradigma de la neurodiversidad, como sostiene Sánchez Sosa (2020), parte de una premisa científicamente sólida: todos poseemos un sistema nervioso único, y la idea de un funcionamiento neurocognitivo «normal» es una ficción culturalmente construida, tan arbitraria como postular una etnicidad o un género «correctos». Cuando los algoritmos estandarizan esa ficción y la convierten en criterio de decisión automatizada, no estamos ante un problema técnico menor, sino ante una amenaza concreta a la igualdad constitucional.

La pregunta que debemos formularnos como sociedad es directa: ¿estamos dispuestos a permitir que sistemas automatizados perpetúen desigualdades estructurales contra personas cuyo único «defecto» es procesar el mundo de manera diferente? La respuesta exige que el Estado evalúe críticamente sus marcos normativos y asuma la responsabilidad de garantizar que la revolución algorítmica no se construya sobre la exclusión de quienes más necesitan protección.

Ximena Gandarillas Parra

Abogada

Magíster en Justicia Constitucional y Derechos Humanos

Doctoranda en Derecho – Universidad Autónoma de Chile

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