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Amparo Constitucional

Recurso de amparo rechazado por Corte de San Miguel.

Corte rechaza amparo contra prisión preventiva de imputado enfermo.

No es la vía idónea para alegar la sustitución de la prisión preventiva por otra medida cautelar menos gravosa, en base a que está vencido el plazo de investigación y por el delicado estado de salud de la persona por quien se recurre. Tales consideraciones deben hacerse valer ante el tribunal que conoce de la causa y decretó la medida cautelar cuestionada.

Por Francisca Barrios Benavente·09 de abril de 2025·2 min de lectura
Corte rechaza amparo contra prisión preventiva de imputado enfermo.
Imagen referencial

La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el recurso de amparo interpuesto en contra del Juzgado de Garantía de Puente Alto, por mantener la prisión preventiva en contra de un imputado por delitos de abuso sexual y violación en contra de persona menor de 14 años.

El recurrente alegó que a pesar de que el plazo máximo de investigación ya venció –han transcurrido más de 2 años desde que se formalizó al imputado y éste que quedó en prisión preventiva-, condición en que aún permanece, en circunstancias que el encartado desde 2018 padece cáncer y ha debido someterse a intervenciones quirúrgicas y quimioterapia durante su reclusión, lo que es conocido del tribunal, el cual, no obstante, decidió mantener la prisión preventiva en un contexto de inactividad procesal por parte del ente persecutor.

Aduce que, el imputado se presentó voluntariamente a declarar, colaboró con la investigación y anterior a la formalización estuvo sujeto a medidas cautelares menos gravosas, razones por las cuales debe dejarse sin efecto la prisión preventiva y sustituirla por otras medidas menos intensas.

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