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Admisión a Trámite

Requerimiento de inaplicabilidad.

Norma que restringe la oposición de excepciones en contra de las sentencias dictadas en un juicio de cuentas, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

La requirente alega que la aplicación del precepto impugnado resulta decisiva para la resolución del caso, ya que, de no declararse su inaplicabilidad, la Corte de Santiago se verá obligada a confirmar la inadmisibilidad de las excepciones presentadas, afectando su derecho a una defensa efectiva.

Por Francisca Atenas·25 de febrero de 2025·3 min de lectura
tribunalconstitucional.cl
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La ex Alcaldesa de la comuna de Lampa, Graciela Ortúzar, solicitó declarar inaplicable por inconstitucional la frase “y en contra de ellas no podrán oponerse otras excepciones que las de prescripción, pago o falta de emplazamiento”, del artículo 127, inciso final, de la Ley N°10.336 Sobre Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.

La precitada disposición legal dispone lo siguiente:

“Artículo 127.- La excepción de cosa juzgada puede alegarse por el cuentadante, en cualquier estado del juicio, siempre que, entre el nuevo juicio y el anteriormente resuelto, exista la triple identidad a que se refiere el Código de Procedimiento Civil.

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