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Tras detectar errores en escrito
Tribunal de EE.UU. dictamina que abogados deben comunicar uso de inteligencia artificial cuando recurren a esta tecnología en juicios
La resolución judicial marca un precedente al imponer el pago de costas como sanción directa frente a la inclusión de jurisprudencia inexistente generada por herramientas tecnológicas. El dictamen insta a los profesionales del derecho a transparentar el empleo de estas plataformas y a verificar de manera independiente toda la información antes de presentarla en tribunales, destacando que la responsabilidad legal recae exclusivamente en los litigantes y no en los programas informáticos.

El Tribunal de Apelaciones de Oregón (Estados Unidos) dictó una sentencia en la que sancionó a una abogada por presentar documentos judiciales que contenían errores atribuidos a la inteligencia artificial generativa. La corte aprovechó la instancia para emitir una directriz hacia la comunidad jurídica, señalando que la transparencia respecto a las fallas generadas por estas tecnologías es necesaria para que el sistema judicial evalúe adecuadamente su compatibilidad con la obligación de cautelar el estado de derecho.
Los jueces argumentaron que el registro sobre la intervención de la inteligencia artificial en el ámbito legal proporciona a los tribunales los elementos necesarios para ponderar si los beneficios de la herramienta superan sus riesgos. Esta resolución se enmarca en un contexto donde magistrados estatales y federales de diversas jurisdicciones en Estados Unidos reportan un incremento en la recepción de expedientes con información inexacta o material inventado producido por sistemas de IA, frecuentemente sin la correspondiente declaración de su uso por parte de los litigantes y los métodos empleados.
La medida adoptada por el tribunal constituye la primera ocasión en que dicha corte de apelaciones establece el pago de costas procesales como sanción por la inclusión de normativa fabricada mediante inteligencia artificial, diferenciándose de la práctica tradicional de ordenar el pago de una multa a beneficio del propio tribunal.
El origen de la sanción radica en la constatación de citas falsas y diversas inexactitudes dentro de los escritos presentados en una causa por difamación. El litigio involucraba a dos miembros del Partido Republicano de Oregón, donde la parte demandante buscaba reactivar el proceso judicial contra el demandado. Tras la revisión de los antecedentes, la corte determinó la desestimación de la demanda.
Durante el proceso, la abogada demandante reconoció ante los jueces que empleó inteligencia artificial generativa como recurso para la investigación y redacción de los documentos. Asimismo, admitió que parte del material obtenido no fue sometido a un proceso de verificación independiente previo a su presentación. La profesional informó al tribunal que ya se han implementado las medidas correspondientes para evitar que una situación de esta naturaleza vuelva a ocurrir.
En su resolución, el tribunal expresó su agradecimiento por el reconocimiento explícito de la abogada respecto al uso de la tecnología, aunque advirtió que la declaración se produjo de manera tardía. El fallo no detalla qué proveedor o herramienta de IA específica se utilizó para la redacción del texto objetado. La corte concluyó su argumentación estableciendo que, sin importar la empresa proveedora de la tecnología, un programa de inteligencia artificial no constituye, en sí mismo, un abogado.
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