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Precedente jurisprudencial

Tribunal australiano dictamina que el Estado no está sujeto a un deber de cuidado para proteger a isleños del cambio climático

Concluyó que decisiones relacionadas con objetivos de emisiones y medidas de adaptación constituyen política gubernamental de alto nivel, y que el derecho de negligencia común no es un medio apropiado para cuestionarlas. Aun reconociendo muchos de los hechos alegados —como la incongruencia entre los objetivos de 2015-2021 y la ciencia climática—, la pérdida cultural (Ailan Kastom) no fue considerada indemnizable. Además, se determinó que incluso un incumplimiento hipotético no habría contribuido materialmente al daño, dada la limitada participación de Australia en las emisiones globales.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·31 de agosto de 2025·2 min de lectura
imagen: yha.com.au
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El Tribunal Federal de Australia dictaminó que el Estado no está sujeto a un deber de cuidado novel para proteger a los pueblos de las Islas del Estrecho de Torres frente a los efectos del cambio climático. El fallo enfatiza que decisiones sobre objetivos de reducción de emisiones y medidas de adaptación constituyen política gubernamental de alto nivel y que la ley de negligencia no constituye instrumento idóneo para dirimir dichas materias.

En el caso Pabai v Commonwealth of Australia (No 2) [2025] FCA 796, los solicitantes, Pabai Pabai y Guy Paul Kabai, en representación de los pueblos de las Islas del Estrecho de Torres, presentaron una acción colectiva contra el Estado. Postularon que existía un deber de cuidado para adoptar medidas razonables destinadas a proteger a esta población de los impactos actuales y previstos del cambio climático, incluyendo el establecimiento de objetivos de reducción de emisiones conforme a la mejor ciencia disponible, así como la implementación de medidas de adaptación como la construcción de defensas costeras y otras infraestructuras. La controversia principal consistió en determinar si tales deberes, calificados como novel, podían ser reconocidos dentro del marco del derecho consuetudinario de negligencia en Australia.

El juez consideró que decisiones en torno a objetivos de reducción de emisiones y adaptación climática constituyen aspectos de política gubernamental de alto o núcleo esencial (core government policy), materia que no resulta apropiada para evaluación judicial mediante el mecanismo del deber de cuidado en negligencia común. Subrayó que la fijación de tales objetivos implica ponderaciones valorativas, sociales, económicas y políticas, que deben corresponder al gobierno, no al poder judicial.

En analogía al caso Minister for the Environment v Sharma [2022] FCAFC 35, el tribunal reafirmó que este tipo de litigios no deben dirimirse mediante demandas basadas en negligencia común. Aun cuando los solicitantes intentaron distinguir su acción señalando la vulnerabilidad singular de los pueblos isleños y la naturaleza particular de su relación con el Estado, el tribunal concluyó que no existía un vínculo jurídico que generara un deber de cuidado específico.

El tribunal consideró que, aún si existiera un deber de cuidado incumplido, no se podía establecer con base en la prueba que cualquier incumplimiento por parte del Estado hubiese contribuido materialmente al daño alegado. Esto se fundamentó en la proporción relativamente limitada de emisiones australianas en el contexto global, lo que implicaría que incluso una reducción más ambiciosa tendría un efecto residual, casi imperceptible, sobre el clima global.

Si bien el tribunal aceptó muchos de los hechos presentados por los solicitantes, incluido que los objetivos de emisiones establecidos en 2015, 2020 y 2021 no estaban alineados con la evidencia científica, sostuvo que la ley actual de negligencia no reconoce la pérdida cultural —denominada Ailan Kastom— como daño resarcible, ni permite evaluar judicialmente cuestiones de política climática estatal.

Finalmente, el tribunal dejó entrever que, en ausencia de modificación legislativa o de jurisprudencia de mayor jerarquía como la de la Corte Suprema, el recurso adecuado para abordar responsabilidades climáticas no es la vía judicial, sino los canales políticos, la participación ciudadana y reformas normativas.

Vea sentencia Tribunal Federal de Australia.

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