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Actualidad Internacional

Violencia contra la mujer

TEDH descarta existencia de sesgo de género sistémico en la justicia islandesa en casos de violencia sexual

Evaluó la respuesta del sistema de justicia islandés ante denuncias de agresiones sexuales y las alegaciones de sesgos de género institucionales en los procesos penales. La sentencia destaca la importancia de que las autoridades fiscales apliquen un escrutinio riguroso centrado en el consentimiento expreso y no solo en la intencionalidad del sujeto investigado. Aunque se detectaron deficiencias procesales en una de las causas, la magistratura concluyó que el marco legal islandés ofrece protección adecuada y descartó una discriminación estructural contra las mujeres en la tramitación de estos c

Por LUIS EDWARDS TAPIA·15 de enero de 2026·2 min de lectura
imagen: uc.cl
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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dictó sentencia en dos causas acumuladas. Los litigios abordaron la efectividad de las investigaciones criminales iniciadas tras denuncias por agresiones sexuales ocurridas entre 2012 y 2017, así como el cuestionamiento de las demandantes sobre una presunta discriminación de género sistémica en el actuar de los órganos persecutores. En el primero de los casos, el TEDH determinó por unanimidad que no existieron violaciones a la prohibición de tratos inhumanos o degradantes ni al derecho al respeto de la vida privada.

El análisis del tribunal sobre la situación de R.E. y las otras tres recurrentes concluyó que el marco jurídico de Islandia otorga una protección suficiente, destacando que el país mantiene un enfoque basado en el consentimiento desde el año 2007. A pesar de que la Corte reconoció la existencia de retrasos en la toma de declaración de los sospechosos en dos de las investigaciones, con demoras de seis y diez meses, dictaminó que los procesos considerados de forma integral cumplieron con los estándares de diligencia y efectividad. Las autoridades recabaron pruebas médicas, psicológicas y testimoniales antes de decidir el sobreseimiento de las causas por falta de evidencia.

En contraste, la sentencia relativa a la ciudadana Z estableció una violación del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. La recurrente denunció haber sido objeto de tocamientos no consentidos por parte de un adulto mientras ella se encontraba bajo los efectos del alcohol en un festival, siendo menor de edad en ese momento. Si bien la investigación policial fue calificada como exhaustiva, la Corte reprochó que la fiscalía islandesa no aplicara un estándar centrado en el consentimiento al evaluar la procedencia de la acusación penal. El fiscal había centrado su análisis en la intención del sospechoso de cometer acoso, otorgándole el beneficio de la duda basándose en su afirmación de haber cesado el contacto al notar incomodidad.

La argumentación de la Corte Europea enfatiza que el elemento crucial en este tipo de conductas no es si el agresor detuvo su acción eventualmente, sino el hecho de haber iniciado un contacto de carácter sexual sin contar con indicadores previos y claros de consentimiento. Para el tribunal, la protección de la integridad física y la autonomía sexual exige que el consentimiento sea expresado de manera inequívoca. Al no haber evaluado los hechos bajo este paradigma, la Corte concluyó que el proceso no garantizó debidamente la protección de la demandante, ordenando al Estado islandés el pago de 7.500 euros por concepto de daño no pecuniario.

Finalmente, el tribunal abordó de forma conjunta las denuncias de discriminación estructural bajo el artículo 14 del Convenio. Aunque las demandantes presentaron datos estadísticos sobre las bajas tasas de procesamiento en delitos de violencia sexual en comparación con otros delitos violentos, la Corte determinó que dicha información no era suficiente para establecer un sesgo institucional. El fallo señala que las diferencias en las tasas de condena pueden explicarse por los desafíos probatorios específicos de estos delitos y no necesariamente por actitudes prejuiciosas de las autoridades.

Vea sentencia Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

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