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Actualidad Internacional

Violencia de género

TEDH condena a Italia por negligencia y lenguaje sexista en caso de violencia de género

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos reprochó la falta de diligencia de las autoridades italianas frente a las denuncias de una mujer y sus dos hijos, quienes permanecieron más de tres años en un centro de acogida. También cuestionó expresiones de la Fiscalía que reflejaban una cultura sexista y estereotipada, capaces de provocar una nueva victimización.

Por Elke von Loebenstein·05 de julio de 2026
TEDH condena a Italia por negligencia y lenguaje sexista en caso de violencia de género
Imagen referencial

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a Italia por la forma en que sus tribunales actuaron en un caso de violencia de género que afectó a una mujer y a sus dos hijos. El tribunal también cuestionó el lenguaje sexista utilizado por la Fiscalía al pedir el archivo de una de las denuncias.

El caso comenzó en abril de 2021, cuando una mujer francesa, que vivía en Italia, denunció a su expareja por violencia física y psicológica contra ella y contra los dos hijos que tenían en común.

Un mes después, la mujer ingresó con sus hijos a un centro de acogida, tal como había solicitado. Sin embargo, los procedimientos judiciales se prolongaron durante años y no le ofrecieron una solución clara para salir de esa situación.

Aunque finalmente se le retiró la patria potestad al padre, esa decisión llegó recién después de tres años. Durante todo ese tiempo, la mujer y los niños permanecieron en el centro de acogida, sin que los tribunales les dieran una alternativa, como volver a Francia con los menores, que era lo que ella pedía.

El Tribunal Europeo fue especialmente crítico con una actuación del Ministerio Público italiano. La mujer había denunciado que su expareja le puso un cuchillo en la garganta y que la obligó a mantener relaciones sexuales.

Al pedir el archivo de esa denuncia, el fiscal calificó la acusación del cuchillo como “de mal gusto”. Además, respecto de la falta de consentimiento en la relación sexual, señaló que era difícil de probar, porque sería “normal” que los hombres deban superar cierta resistencia de las mujeres cuando están cansadas y reciben insinuaciones sexuales.

Para el Tribunal Europeo, esas expresiones muestran “una cultura sexista y estereotipada” y pueden causar una nueva victimización de las mujeres que denuncian violencia.

El tribunal también sostuvo que los jueces italianos no trataron adecuadamente las denuncias de violencia doméstica ni la solicitud de la mujer para trasladarse con sus hijos a Francia. A su juicio, mantenerlos durante más de tres años en un centro de acogida causó un daño serio a su bienestar físico y psicológico.

Además, el Tribunal observó que la mujer y los niños soportaron una carga mucho más pesada que el padre, quien no fue sometido a ninguna medida de privación de libertad. Por eso, estimó que las autoridades italianas debieron considerar otras opciones, como entregar el domicilio familiar a la madre y a sus hijos, o permitirles mudarse a Francia.

El Tribunal Europeo también criticó que el tribunal de menores tardara más de tres años en retirar la patria potestad al padre, pese a que existían informes de los servicios sociales que advertían el fuerte impacto que la incertidumbre estaba causando en los niños, tanto por su relación con el padre como por su permanencia en el centro de acogida.

Por todo ello, el Tribunal concluyó que Italia no actuó con la rapidez ni con la diligencia necesaria en un caso de violencia de género que afectaba a una mujer y a sus hijos.

Como consecuencia, Italia deberá pagar 15.000 euros a la madre y 15.000 euros a cada uno de los dos hijos por los daños sufridos. Además, deberá pagar otros 15.000 euros en conjunto por las costas judiciales.

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