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Actualidad Internacional

Deberá pagar una multa.

Sanción contra juez acusado de maltratar a subordinados e incurrir en violencia de género se confirma por la Corte Suprema de Argentina.

El Consejo tuvo por acreditadas las conductas reprochadas con base en una valoración razonable de la prueba obrante en el expediente; que las encuadró en normas que se referían claramente a ese tipo de comportamientos, habilitaban una sanción como la que se impuso y, además, se encontraban vigentes al momento en que ocurrieron los hechos.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·07 de marzo de 2025·3 min de lectura
imagen: freepik
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La Corte Suprema de Argentina desestimó el recurso interpuesto por un juez que fue sancionado por infligir malos tratos a sus subordinados. Se le aplicó una multa del 30% de su sueldo por única vez, como medida disciplinaria en virtud de lo establecido en la normativa aplicable. Estimó que la medida adoptada fue proporcionada y que la autoridad sancionadora valoró debidamente los antecedentes que tuvieron por acreditadas las denuncias.

Según los hechos narrados, el magistrado fue sancionado por el Consejo de la Magistratura (organismo judicial argentino) a raíz de las múltiples denuncias que la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN) interpuso en su contra. Así, el juez fue acusado de abuso de autoridad, maltrato y acoso laboral, incluyendo hechos de violencia de género contra empleadas y funcionarias del juzgado a su cargo.

El juez recurrió la sanción ante la Corte Suprema del país, aduciendo que la resolución impugnada era arbitraria y que vulneraba el principio de legalidad, en especial la prohibición de retroactividad de la ley penal más gravosa. Agregó que existían testigos que acreditaban que su actuar no había sido arbitrario y que al momento de los hechos no estaba vigente en el ordenamiento interno el Convenio N° 190 de la OIT.

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