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Mérito predomina sobre la estética
Justicia colombiana prohíbe exigir uso de zapatos de tacón para acceder a cargos públicos
Determinó que las instituciones estatales no pueden imponer requisitos de presentación personal o códigos de vestimenta que actúen como barreras de género o exclusión física, luego de analizar el caso de una postulante rechazada por no poder usar zapatos con tacón.

La Corte Constitucional de Colombia determinó que las entidades públicas tienen prohibido imponer requisitos de acceso al empleo basados en estereotipos de género o criterios ajenos a las reglas de los concursos de mérito. El pronunciamiento se dio tras analizar la acción de tutela que una mujer interpuso contra la Fuerza Aeroespacial Colombiana, institución que inicialmente rechazó nombrarla en período de prueba a pesar de haber obtenido el segundo lugar en la lista de candidatos.
La institución justificó su decisión argumentando que la mujer padecía una malformación en el pie que le impedía usar zapatos de tacón y permanecer de pie por tiempos prolongados. Por su parte, la afectada reclamó que estas exigencias estéticas y físicas no formaban parte de las bases ni de la convocatoria a la que se postuló.
La Corte declaró la carencia actual de objeto por hecho superado, debido a que la Fuerza Aeroespacial finalmente nombró a la afectada en su puesto. Pese a esto, los jueces consideraron fundamental emitir un fallo de fondo por la relevancia pública del asunto.
El tribunal detalló que el derecho a desempeñar funciones públicas se vulnera en cuatro escenarios específicos: cuando se dificulta la posesión de quien cumplió las exigencias, cuando se imponen requisitos adicionales no previstos en el concurso, cuando se omite injustificadamente el nombramiento de alguien en la lista de elegibles, y cuando se remueve a un funcionario de forma ilegítima.
En este caso particular, los magistrados concluyeron que la entidad vulneró los derechos de la postulante, ya que los exámenes demostraron que era apta para el trabajo y no representaba ningún riesgo de seguridad. La Corte recordó que el Estado debe implementar medidas para eliminar barreras de acceso a la carrera administrativa por razones físicas, y criticó que la institución utilizara un diagnóstico médico como argumento de exclusión.
Finalmente, el tribunal llamó la atención a la Fuerza Aeroespacial y subrayó que las capacidades y el mérito deben estar siempre por encima de cualquier estándar estético o de presentación personal. Asimismo, ordenó a la entidad realizar las adecuaciones necesarias para asegurar que cualquier persona ganadora de un concurso público pueda ejercer su cargo sin distinciones de sexo o género.
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