12°C · Nublado·Santiago·Lunes, 03 de agosto de 2026

Actualidad Internacional

Imágenes públicas

Justicia argentina rechaza demanda contra Google por imágenes de Street View: no vulneran la privacidad

Tribunal determinó que las fotografías no mostraban más de lo visible desde la vía pública y descartó relación entre su publicación y los robos denunciados por el demandante

Por pasantes.diario.constitucional@gmail.com·14 de abril de 2026·2 min de lectura
Imagen: AARP
Imagen referencial

Un hombre demandó a Google tras descubrir que imágenes de su casa, su lugar de trabajo y su vehículo aparecían en la plataforma Street View, argumentando que esa exposición habría facilitado una serie de robos en su contra, obligándolo incluso a mudarse y vender su automóvil. Sin embargo, la Justicia Civil y Comercial Federal de Argentina rechazó la acción al concluir que las fotografías no revelaban más información que la visible desde la vía pública.

El caso llegó hasta la Cámara Civil y Comercial Federal, que confirmó el fallo de primera instancia que había desestimado la demanda.

El demandante sostuvo que Google había traspasado los límites de la privacidad al capturar y difundir imágenes de su vida cotidiana sin su consentimiento, alegando que estas contenían información sensible sobre sus propiedades y su vehículo. No obstante, tras revisar las imágenes incorporadas al expediente, el tribunal concluyó que estas no diferían de lo que cualquier persona podría observar al transitar por la calle.

En esa línea, el tribunal de segunda instancia señaló que no existió vulneración al derecho a la intimidad, ya que las imágenes no permitían visualizar el interior de los inmuebles ni identificar detalles relevantes como la patente del vehículo o números de viviendas.

Un elemento clave en la decisión fue la pericia informática realizada durante el proceso, la cual acreditó que Google aplica un sistema de difuminado (“blur”) en sus imágenes, lo que impide identificar rostros, patentes y numeraciones. El tribunal advirtió que el actor no consideró este aspecto al fundamentar su reclamo.

Finalmente, los jueces de segundo grado también descartaron la existencia de un vínculo entre la publicación de las imágenes y los robos denunciados. Indicaron que, al no configurarse un actuar ilícito por parte de la empresa, no era posible establecer una relación causal con los hechos delictivos alegados por el demandante.

Con estos fundamentos, el tribunal concluyó que no existió vulneración de derechos fundamentales ni responsabilidad atribuible a Google, confirmando el rechazo de la demanda.

Vea sentencia de Tribunal de Argentina.

Te puede interesar

Newsletter

Lo esencial del derecho, cada mañana

Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.