Actualidad Internacional
Falta de jurisdicción e inmunidad
Jueza de EE.UU. desestima demanda contra agencia de la ONU por presunto apoyo a Hamas en ataque a Israel
El tribunal concluyó que la UNRWA, como órgano subsidiario de la ONU, goza de inmunidad absoluta conforme a la Convención sobre los Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas (CPIUN). La resolución también protege a los directivos demandados por su actuación en el marco de sus funciones oficiales. El fallo cierra definitivamente el caso, al declarar la falta de competencia del tribunal estadounidense.

La jueza del Tribunal Federal del Distrito Sur de Nueva York (Estados Unidos) resolvió desestimar la demanda que un grupo de ciudadanos israelíes interpuso contra la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente (UNRWA) y varios de sus exfuncionarios, al reconocer la inmunidad absoluta de la entidad conforme al derecho internacional.
El libelo, presentado en junio de 2024, alegaba que la agencia habría prestado apoyo indirecto a Hamás en el ataque perpetrado el 7 de octubre de 2023, en el que murieron unas 1.200 personas en Israel. Los demandantes sostenían que la UNRWA canalizó fondos y permitió el uso de sus instalaciones para actividades armadas en Gaza, lo que, según ellos, habría contribuido al desarrollo de la infraestructura militar del grupo.
En su fallo de 28 páginas, la jueza concluyó que la UNRWA es un órgano subsidiario de la Asamblea General de las Naciones Unidas y que, por tanto, está amparada por el artículo II, sección 2, de la Convención sobre los Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas (CPIUN), tratado vigente y vinculante para Estados Unidos desde 1970.
Según la magistrada, el texto de la Convención otorga “inmunidad frente a todo procedimiento judicial” salvo renuncia expresa, circunstancia que no se verificó en este caso.
La resolución destaca que la ONU no ha renunciado a la inmunidad de la UNRWA ni de sus funcionarios, y recuerda que el Departamento de Justicia de Estados Unidos reconoció inicialmente dicha inmunidad antes de modificar su postura en 2025. Sin embargo, la Corte determinó que los cambios de criterio político no alteran el alcance jurídico de la CPIUN, cuyo texto prevalece.
El tribunal rechazó también el argumento de que la UNRWA fuera una “agencia especializada” sin cobertura de inmunidad, señalando que los órganos creados por la Asamblea General —aunque dotados de amplia autonomía operativa y financiera— siguen subordinados a la ONU y pueden ser modificados o disueltos por ella. La jueza citó resoluciones de la Asamblea General (1952 y 1958) que confirman expresamente la condición de la UNRWA como órgano subsidiario.
Respecto de los acusados individuales, entre ellos el comisionado general Philippe Lazzarini y el alto comisionado de la ONU para los Refugiados, Filippo Grandi, el tribunal reconoció inmunidad diplomática conforme a la CPIUN y a la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas (1961). La sentencia aclara que tales inmunidades se extienden a las actuaciones realizadas en el ejercicio de sus funciones oficiales y que no existe en el derecho estadounidense una excepción basada en violaciones de normas imperativas (ius cogens).
Asimismo, la Corte descartó los argumentos relativos a presuntas violaciones graves del derecho internacional y a una supuesta renuncia implícita de la inmunidad. Según el fallo, solo una renuncia expresa por parte del Secretario General podría producir ese efecto, lo que no ocurrió.
En consecuencia, la jueza ordenó el cierre del caso con carácter definitivo (dismissed with prejudice) por falta de jurisdicción, sin entrar en el fondo de las acusaciones. También rechazó la solicitud de los demandantes para realizar diligencias adicionales de jurisdicción.
La decisión reafirma la doctrina consolidada en los tribunales federales estadounidenses sobre la inmunidad absoluta de las Naciones Unidas y sus órganos frente a demandas civiles. Por otro lado, el abogado de los demandantes anunció que apelarán la resolución ante la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito.
Creada en 1949, la UNRWA presta servicios educativos, sanitarios y de asistencia humanitaria a millones de refugiados palestinos en Gaza, Cisjordania, Jordania, Líbano y Siria, y depende principalmente de aportes voluntarios de los Estados miembros de la ONU.
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