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Litigio en curso
Jueza de EE.UU. admite a trámite demanda colectiva deducida contra Google por presunto monopolio en búsquedas en línea
Se analizó la legitimación activa de consumidores para demandar por la presunta exclusión de competidores mediante contratos de exclusividad en dispositivos móviles. La resolución aborda si la ausencia de alternativas de mercado, como motores de búsqueda con mayor protección de privacidad o sistemas de compensación al usuario, constituye un perjuicio resarcible bajo la normativa federal.

La jueza de la Corte de Distrito de Estados Unidos para el Distrito Norte de California, emitió una orden el 21 de enero de 2026 en la que resuelve parcialmente la moción de desestimación presentada por Google en el marco de una demanda colectiva iniciada por cuatro consumidores.
Los demandantes sostienen que la empresa ha restringido ilegalmente la competencia en el mercado de servicios de búsqueda general en Estados Unidos a través de acuerdos de exclusividad con fabricantes de dispositivos móviles, vendedores y desarrolladores de navegadores. Según la acusación, estos contratos establecen a Google como el motor de búsqueda predeterminado en productos de Apple, dispositivos Android y navegadores como Safari y Firefox.
La resolución judicial desestima los argumentos de Google respecto a la falta de legitimación activa de los demandantes bajo la Ley Sherman. La empresa alegó que los perjuicios reclamados eran especulativos, argumentando que incluso sin los contratos cuestionados, su motor de búsqueda habría sido la opción principal debido a su calidad superior.
No obstante, el tribunal determinó que los demandantes presentaron alegaciones plausibles al proponer que, en un mercado competitivo, podrían haber surgido motores de búsqueda con mayores protecciones de privacidad, menos publicidad o que incluso compensaran económicamente a los usuarios por sus búsquedas.
En cuanto a la vigencia de las acciones, el tribunal determinó que las reclamaciones son oportunas para los actos realizados por Google desde su acuerdo con Mozilla en 2017. La jueza aplicó la doctrina de las infracciones continuas, señalando que la firma de nuevos acuerdos y la renegociación de contratos existentes dentro del periodo de prescripción constituyen actos independientes que generan nuevos perjuicios acumulativos.
Sin embargo, se rechazó el intento de los demandantes de extender aún más el plazo mediante la doctrina del ocultamiento fraudulento, al considerar que no se alegaron actos de engaño afirmativos con la especificidad requerida por los estándares procesales.
Respecto a las leyes estatales, la orden mantiene la vigencia de las reclamaciones bajo la Ley de Competencia Desleal de California y la pretensión de enriquecimiento injusto. El tribunal razonó que, al existir una reclamación plausible bajo la Ley Sherman, las acciones estatales derivadas también poseen fundamentos suficientes para continuar el proceso.
Se argumentó además que las indemnizaciones monetarias podrían ser insuficientes para compensar la imposibilidad de acceder a servicios con mejores estándares de privacidad, validando la solicitud de medidas cautelares y estructurales.
Finalmente, la jueza concedió a los demandantes un plazo hasta el 20 de febrero de 2026 para enmendar las deficiencias identificadas exclusivamente en relación con las alegaciones de ocultamiento fraudulento. El proceso continuará su curso para determinar la responsabilidad de la compañía en la supuesta mantención de un monopolio a través de acuerdos que, según la demanda, permiten a Google retener datos de búsqueda que de otro modo no habría obtenido.
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