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Actualidad Internacional

Elecciones generales 2026: ¿Qué pueden hacer los políticos?, por Rafael Rodríguez Campos

El próximo 12 de abril 27,5 millones de peruanos debemos concurrir a las urnas para elegir a la fórmula presidencial, a los miembros del Senado, a los integrantes de la Cámara de Diputados y a los representantes ante el Parlamento Andino para el periodo constitucional 2026-2031.

Por Francisca Atenas·30 de enero de 2026·3 min de lectura
directoriolegislativo.org
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Hoy, miércoles 28 de enero, la campaña electoral avanza a todo galope y las organizaciones políticas (a través de sus candidatos) recorren el país buscando el respaldo del electorado. Sin embargo, hemos podido apreciar que muchos de los candidatos (casi el 90% de los mismos) no conoce cuáles son las atribuciones que tiene el cargo para el que están postulando.

En otras palabras, ni siquiera los candidatos al Senado o a la Cámara de Diputados saben cuáles serán las funciones que deberán ejercer si logran alcanzar una curul en el próximo Congreso de la República. Si ello es sí, no sorprende que el ciudadano de a pie no tenga ni la menor idea acerca de cuál es la diferencia funcional entre un senador y un diputado, o cuáles son las tareas que cumplen los parlamentarios andinos. Es más, si a los ciudadanos en las calles les preguntamos cuáles son las labores del presidente de la República recibiremos como respuesta un silencio aterrador.

Al respecto, consideramos oportuno aprovechar esta columna para brindarle información valiosa a los ciudadanos respondiendo la siguiente pregunta: ¿Qué pueden hacer los políticos? Para ello, vamos a tomar como referencia lo que dice nuestra Constitución acerca de las atribuciones que tienen el presidente de la República, los senadores, los diputados y los representantes ante el Parlamento Andino ya que lo más importante es que los electores tengamos claro el papel que cumplen nuestras autoridades elegidas por voto popular en el diseño institucional del Estado peruano de cara a la jornada electoral del próximo 12 de abril.

¿Cuáles son las atribuciones del presidente de la República?

El artículo 118 de la Constitución establece que el presidente de la República tiene las siguientes atribuciones:

  • Cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados, leyes y demás disposiciones legales.

  • Representar al Estado, dentro y fuera de la República.

  • Dirigir la política general del Gobierno.

  • Velar por el orden interno y la seguridad exterior de la República.

  • Convocar a elecciones para presidente de la República y para representantes a Congreso, así como para alcaldes y regidores y demás funcionarios que señala la ley.

  • Convocar al Congreso a legislatura extraordinaria; y firmar, en ese caso, el decreto de convocatoria.

  • Dirigir mensajes al Congreso en cualquier época y obligatoriamente, en forma personal y por escrito, al instalarse la primera legislatura ordinaria anual. Los mensajes anuales contienen la exposición detallada de la situación de la República y las mejoras y reformas que el presidente juzgue necesarias y convenientes para su consideración por el Congreso. Los mensajes del Presidente, salvo el primero de ellos, son aprobados por el Consejo de Ministros.

  • Ejercer la potestad de reglamentar las leyes sin transgredirlas ni desnaturalizarlas; y, dentro de tales límites, dictar decretos y resoluciones. Cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los órganos jurisdiccionales.

  • Cumplir y hacer cumplir las resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones.

  • Dirigir la política exterior y las relaciones internacionales; y celebrar y ratificar tratados.

  • Recibir a los agentes diplomáticos extranjeros, y autorizar a los cónsules el ejercicio de sus funciones.

  • Presidir el Sistema de Defensa Nacional; y organizar, distribuir y disponer el empleo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.

  • Adoptar las medidas necesarias para la defensa de la República, de la integridad del territorio y de la soberanía del Estado.

  • Declarar la guerra y firmar la paz, con autorización del Congreso.

  • Administrar la hacienda pública.

  • Negociar los empréstitos.

  • Regular las tarifas arancelarias.

  • Conceder indultos y conmutar penas. Ejercer el derecho de gracia en beneficio de los procesados en los casos en que la etapa de instrucción haya excedido el doble de su plazo más su ampliatoria.

  • Conferir condecoraciones en nombre de la Nación, con acuerdo del Consejo de Ministros.

  • Autorizar a los peruanos para servir en un ejército extranjero

  • Ejercer las demás funciones de gobierno y administración que la Constitución y las leyes le encomiendan

Sugerencia electoral: Si ello es así, los electores, como punto de partida, deberíamos analizar qué candidato cuenta con la trayectoria, experiencia y formación académica necesarias para cumplir de manera idónea con todas y cada una de las atribuciones antes mencionadas. Recordemos que elegir a un buen presidente de la República está en nuestras manos.

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