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Actualidad Internacional

Cuarta Enmienda

Corte Suprema de EE.UU. fija criterios para obtención de geolocalización de personas en investigaciones policiales

Determinó que la obtención del historial de geolocalización de un usuario por parte de las fuerzas de seguridad constituye una búsqueda bajo protección constitucional. La resolución analiza los límites del Estado para reconstruir los movimientos de los ciudadanos a través de la tecnología.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·09 de julio de 2026
Estados unidos geolocalización de individuos por parte de la policía
Imagen referencial

La Corte Suprema de Estados Unidos dictaminó que el acceso de la policía al historial de ubicación de Google de un individuo constituye una búsqueda regulada por la Cuarta Enmienda de la Constitución. El fallo modifica la postura de la Corte de Apelaciones del Cuarto Circuito, estableciendo que las personas mantienen una expectativa razonable de privacidad respecto a los registros de geolocalización de sus dispositivos móviles, incluso cuando estos datos son retenidos por empresas tecnológicas por periodos breves.

El caso versa sobre un robo perpetrado en una cooperativa de crédito en 2019. Debido a que los investigadores no contaban con la identidad del autor, pero observaron en registros fílmicos que utilizaba un teléfono celular, solicitaron una orden judicial para que Google entregara información de todos los dispositivos que se encontraran en un radio de 150 metros del lugar en una franja horaria específica.

El procedimiento solicitado a la compañía tecnológica constaba de tres etapas consecutivas. En la primera fase, la empresa debía proporcionar datos anonimizados de los teléfonos presentes en el perímetro. En la segunda etapa, los investigadores reducían el listado para requerir mayores detalles de movimiento. Finalmente, la policía solicitaba la información identificatoria, como nombres, correos electrónicos y números telefónicos, de un grupo acotado de usuarios. Mediante este método se identificó a tres personas, resultando una de ellas ser el imputado.

La sentencia se basó en el precedente del caso Carpenter contra Estados Unidos. Sin embargo, la mayoría del tribunal enfatizó que el historial de ubicaciones de Google posee una precisión técnica superior a otros registros, permitiendo rastrear desplazamientos cada dos minutos con un margen de error mínimo y determinar la altura o piso de un inmueble donde se sitúa el aparato. Por ello, equipararon estos datos a documentos o fotografías digitales guardados en la nube.

El tribunal desestimó el argumento del Gobierno, que señalaba que el imputado había renunciado a su privacidad al activar voluntariamente el servicio de Google. La sentencia determinó que las actividades cotidianas de los usuarios de teléfonos inteligentes no equivalen a una autorización implícita para que el Estado acceda a su información privada. Asimismo, la Corte aclaró que la brevedad del periodo de rastreo no anula la protección constitucional, ya que incluso un lapso corto puede revelar aspectos personales de la vida de un individuo.

Pese a fijar este criterio general sobre la Cuarta Enmienda, la Corte Suprema no anuló la validez de las pruebas de forma definitiva ni resolvió si la orden judicial cumplía con los requisitos de causa probable y particularidad. Dicha evaluación fue delegada al Cuarto Circuito, tribunal que deberá examinar la legalidad de cada etapa del procedimiento implementado en la investigación originaria.

Finalmente, el fallo tomó nota de una modificación implementada por Google en julio de 2025, consistente en almacenar el historial de ubicación directamente en los dispositivos de los usuarios y no en los servidores de la empresa. Aunque esta actualización impide la ejecución de órdenes similares en la actualidad, la sentencia sienta una regla general aplicable al uso de aplicaciones, mapas y servicios de almacenamiento que registran la ubicación de las personas.

Vea sentencia Corte Suprema de Estados Unidos.

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