Acción de Protección
Recurso de protección rechazado
Suprema confirma negativa de DIPRECA a reconocer servicio militar para pensión por ausencia de fondos previsionales
El máximo Tribunal confirmó el rechazo al recurso de protección presentado contra DIPRECA por negar el reconocimiento del servicio militar obligatorio para fines previsionales, al fundamentar que tal reconocimiento requiere la existencia de fondos en la cuenta individual del afiliado, condición que no se cumplió debido a retiros previos realizados por el recurrente

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA), por negar el reconocimiento del periodo de servicio militar del actor para efectos previsionales.
El recurrente, funcionario de Gendarmería, sostuvo que solicitó a DIPRECA el reconocimiento de su periodo de servicio militar obligatorio para efectos de su futura pensión. Argumentó que la negativa de DIPRECA es ilegal y arbitraria, al exigir que existan fondos en su cuenta de capitalización individual, cuando él había ejercido su derecho a retirar dichos fondos durante la pandemia.
En su informe, DIPRECA solicitó el rechazo de la acción, sosteniendo que su decisión se ajusta a la normativa vigente y a los dictámenes de la Contraloría General de la República. Explicó que, conforme al artículo 5° de la Ley N° 18.458, para el reconocimiento de periodos anteriores es necesario que la AFP remita los fondos acumulados, lo que no es posible si la cuenta tiene saldo cero por los retiros efectuados.
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