Acción de Protección
Eliminación académica
Se rechaza recurso contra la UCSH por rechazo de justificativos laborales de estudiante
La Corte de Santiago descartó actuar ilegal o arbitrario de la Universidad Católica Silva Henríquez y confirmó que las decisiones académicas cuestionadas se ajustaron al reglamento interno, luego que un estudiante de Derecho acusara vulneración de derechos por el rechazo de justificativos laborales y la imposibilidad de rendir evaluaciones recuperativas.

La Corte de Santiago rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de la Universidad Católica Silva Henríquez, por las decisiones académicas que derivaron en la reprobación de todas las asignaturas inscritas por el recurrente durante el segundo semestre de 2025 y en la configuración de una causal de eliminación académica.
La acción fue deducida por un estudiante de Derecho, quien alegó que la Universidad incurrió en actos ilegales y arbitrarios al rechazar justificativos laborales por considerarlos extemporáneos, impedirle rendir evaluaciones y pruebas recuperativas, y aplicar posteriormente las consecuencias académicas derivadas de dichas decisiones. Sostuvo que compatibilizaba sus estudios con dos trabajos permanentes, circunstancia conocida por la institución y reconocida mediante su incorporación al programa de “conciliación de roles”, por lo que estimó que la negativa a aceptar sus certificados laborales afectó su derecho a la igualdad ante la ley, el debido proceso, el derecho a la educación y su derecho de propiedad, especialmente por el riesgo de perder el beneficio de gratuidad.
Por su parte, la Universidad informó que el actor incumplió las exigencias reglamentarias mínimas de asistencia y evaluación contempladas en el Reglamento del Estudiante de Pregrado, reprobando la totalidad de las actividades curriculares inscritas en el período lectivo. Añadió que los justificativos fueron presentados fuera de plazo y que el programa de conciliación de roles no exime automáticamente del cumplimiento de obligaciones académicas ni autoriza flexibilizaciones irrestrictas respecto de asistencia o rendición de evaluaciones. Asimismo, indicó que varios certificados laborales provenían de una sociedad respecto de la cual el propio recurrente figuraba como socio, administrador y representante legal.
Al resolver, la Corte de Santiago sostuvo que el recurso de protección no constituye una instancia destinada a revisar controversias académicas complejas ni a sustituir procedimientos ordinarios de lato conocimiento. En este sentido, señaló que el actor pretendía que el tribunal revisara “la procedencia de justificativos de inasistencia presentados fuera de plazo, la razonabilidad de las decisiones adoptadas por la Oficina de Certificaciones Académicas, la validez de documentos laborales” y, en definitiva, “la corrección de las decisiones académicas que condujeron a la reprobación de sus asignaturas y a la aplicación de la causal de eliminación”.
Asimismo, el tribunal destacó que no existía un derecho indubitado del recurrente a que se aceptaran justificativos extemporáneos ni a quedar exceptuado de las exigencias reglamentarias de asistencia mínima y rendición de evaluaciones, especialmente considerando que la normativa universitaria establece objetivamente dichas obligaciones y las consecuencias derivadas de su incumplimiento.
Finalmente, la sentencia concluyó que no se acreditó la existencia de un acto ilegal o arbitrario por parte de la Universidad Católica Silva Henríquez, atendido que las decisiones impugnadas se fundaron en el Reglamento del Estudiante de Pregrado y en la autonomía académica reconocida legalmente a las instituciones de educación superior.
En mérito de lo expuesto, la Corte de Santiago rechazó el recurso de protección deducido.
Vea sentencia Corte de Santiago Rol N° 26.706-2025 (Protección).
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