Acción de Protección
Recurso de protección acogido
Ordenan a Municipalidad de Talcahuano corregir deficiencias en sistema de recolección de basura por riesgos sanitarios
La Corte de Concepción ordenó a la Municipalidad adoptar medidas urgentes de fiscalización y mejora del sistema de recolección ante riesgos sanitarios en población Santa Leonor

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió un recurso de protección interpuesto por una junta de vecinos en contra de la Municipalidad de Talcahuano, al estimar que el sistema de recolección de residuos domiciliarios implementado en la población Santa Leonor genera focos de insalubridad que afectan derechos fundamentales de los residentes.
La acción fue deducida por dirigentes vecinales en representación de la comunidad, quienes denunciaron que la instalación de contenedores de basura en la vía pública —ubicados a escasa distancia de viviendas, accesos y espacios comunitarios— ha derivado en su constante desborde, generando microbasurales, malos olores y riesgos para la salud de los habitantes, sin que la autoridad haya adoptado medidas eficaces para resolver la situación.
En su informe, la Municipalidad de Talcahuano sostuvo que el sistema de contenedores forma parte de una política de modernización del servicio de aseo, en el marco de sus competencias legales, y que la recolección se encuentra concesionada a una empresa, operando con frecuencias y estándares adecuados. Asimismo, afirmó que no existe evidencia técnica de riesgos sanitarios ni de afectación permanente a la calidad de vida de los vecinos.
Sin embargo, la Corte, tras analizar los antecedentes, concluyó que sí se verifican condiciones de insalubridad en el sector. En particular, consideró relevante lo constatado por la autoridad sanitaria, que detectó contenedores colmatados, acumulación de residuos orgánicos e inorgánicos en su entorno, malos olores y presencia potencial de vectores sanitarios.
Asimismo, el tribunal valoró un informe ambiental del propio municipio, el cual reconoció que la problemática se explica por una combinación de factores, entre ellos la sobrecarga de los contenedores, deficiencias operativas y el uso inadecuado por parte de algunos usuarios, lo que favorece la proliferación de roedores e insectos y afecta la calidad de vida de la comunidad.
En este contexto, la Corte estimó que los hechos denunciados se encuentran acreditados y que la municipalidad ha incurrido en una conducta omisiva al no adoptar medidas concretas, urgentes y eficaces para corregir el funcionamiento del sistema, manteniendo una situación que pone en riesgo la salud y la integridad de los vecinos.
El fallo precisó que no se cuestiona el sistema de recolección en sí mismo, sino la falta de fiscalización y de acciones oportunas para asegurar su correcto funcionamiento, lo que implica un incumplimiento de las obligaciones legales del municipio en materia de aseo, protección del medio ambiente y resguardo de la salud pública.
En consecuencia, el tribunal ordenó a la Municipalidad de Talcahuano mantener los contenedores en condiciones óptimas, evitando la acumulación de residuos a su alrededor mediante una adecuada fiscalización del servicio concesionado. Asimismo, dispuso que se adopten las medidas propuestas por la autoridad sanitaria, incluida la evaluación de reubicación de los contenedores, y que se implementen las recomendaciones contenidas en los informes técnicos municipales.
Adicionalmente, se estableció que el municipio deberá informar a la Corte, dentro de un plazo de 30 días desde que la sentencia quede ejecutoriada, el cumplimiento de las medidas ordenadas.
De este modo, la Corte de Concepción concluyó que la omisión municipal constituye un actuar ilegal y arbitrario que vulnera garantías constitucionales vinculadas a la vida, la salud y el medio ambiente, acogiendo el recurso sin condena en costas.
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