Acción de Protección
Acción de protección rechazada en alzada.
Expulsión de alumno universitario que abusó sexualmente de una compañera en fiesta privada, se ajusta a derecho.
La Universidad cuenta con las potestades para sancionar al actor, desde que ha sido la propia ley la que expresamente señala que la institución puede investigar y sancionar los hechos que se desarrollan por personas vinculadas a la Universidad, como ocurre en la especie, desde que los involucrados son estudiantes de la recurrida, ocurran o no en espacios académicos, lo que aparta el argumento entregado en la sentencia recurrida, de que los hechos pertenecen a la vida privada de los alumnos, y porque no puede entenderse que los hechos investigados queden comprendidos sólo dentro del ámbito priv

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Concepción, que acogió el recurso de protección interpuesto por un estudiante en contra de la Universidad San Sebastián, por disponer la suspensión preventiva y posterior expulsión del actor.
El recurrente calificó la medida como ilegal y arbitraria, argumentando que vulnera sus garantías constitucionales.
Solicitó que se deje sin efecto la medida y se dispongan acciones para restablecer su honor ante la comunidad estudiantil.
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