Acción de Protección
Acción de protección rechazada por la Corte de Santiago.
Exclusión de postulante que presentó información fuera de plazo en proceso de asignación de becas para especialidad médica, se ajusta a derecho.
En la eventualidad de que la recurrida hubiera accedido a calificar la documentación nueva como aclaratoria, habría generado una vulneración a la garantía constitucional de igualdad ante la ley de todos aquellos postulantes que por razones similares a la de la recurrente, no resultaron beneficiados con la beca de especialidad, y habría sido dicha calificación y no la efectuada, la que habría transformado en arbitraria la decisión.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de protección interpuesto en contra de la Subsecretaría de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud, por excluir a la actora del proceso de asignación de becas para la especialización de cirugía general.
La recurrente expuso que, tras estudiar medicina con el objetivo de convertirse en cirujana y obtener una beca para especialización, se le asignaron 0 puntos en el Rubro N°3 de trabajos científicos, lo que la dejó fuera del proceso de becas.
Argumentó que la recurrida cometió un error al considerar como «documentación nueva» los documentos adicionales que presentó en su reposición, los cuales deberían haberse considerado como «documentación aclaratoria», conforme a las bases del proceso. Señaló que adjuntó correctamente las portadas de los trabajos publicados, y que la falta de puntaje en ese rubro es arbitraria e ilegal, pues, a su juicio, no se valoraron adecuadamente los méritos científicos y académicos aportados. Además, cuestionó que la recurrida haya dado más peso a las portadas de libros que a los trabajos y certificaciones presentados.
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