12°C · Nublado·Santiago·Lunes, 03 de agosto de 2026

Acción de Protección

Destitución sin fundamento

Corte ordena reincorporar a docente destituida por viaje durante licencia médica

Se dejó sin efecto la destitución de una profesora que viajó a Perú mientras se encontraba con licencia médica, tras concluir su jornada laboral y en vísperas del receso de Fiestas Patrias, al concluir que la Corporación Municipal de Renca no justificó cómo dicha conducta constituía una infracción grave a la probidad ni ponderó circunstancias como su horario de salida y sus 34 años de servicio.

Por Francisca Atenas·07 de mayo de 2026·3 min de lectura
emol.com
Imagen referencial

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto en contra de la Corporación Municipal de Renca, ordenando dejar sin efecto la sanción de destitución aplicada a una docente y disponer su reincorporación, al estimar que fue impuesta mediante un acto ilegal carente de motivación suficiente y que no respetó el principio de proporcionalidad.

La actora expuso que fue desvinculada tras un sumario administrativo instruido en su contra por haber salido del país el 13 de septiembre de 2024 mientras hacía uso de una licencia médica por un día, otorgada por un cuadro de salud. Indicó que el viaje se realizó una vez finalizada su jornada laboral y en el contexto del inicio del receso por fiestas patrias. Añadió que, pese a presentar descargos y antecedentes —como su tarjeta de embarque—, la autoridad dispuso el término de su contrato por estimar configurada una infracción grave al principio de probidad administrativa, decisión que fue confirmada al rechazarse su recurso de reposición.

Por su parte, la recurrida solicitó el rechazo del recurso, alegando que la medida se adoptó en el marco de un procedimiento disciplinario instruido por mandato de Contraloría, en el que se acreditó que la docente viajó al extranjero durante el período de reposo indicado en su licencia médica, lo que constituiría un uso indebido de dicho instrumento y una falta a la probidad. Sostuvo que actuó dentro de sus facultades legales, con respeto al debido proceso y conforme a la normativa aplicable.

Al analizar el caso, la Corte de Santiago recordó que la acción de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho frente a actos u omisiones ilegales o arbitrarios que afecten garantías constitucionales, siendo necesario verificar la existencia de una vulneración susceptible de tutela cautelar.

El tribunal precisó que el debate se centraba en la legalidad de la resolución que impuso la destitución, particularmente en cuanto a su motivación y a la proporcionalidad de la sanción aplicada, considerando la gravedad de dicha medida en el estatuto administrativo.

En cuanto al fondo, la sentencia advirtió que el acto administrativo impugnado carecía de fundamentación suficiente, al no explicitar de qué manera la conducta atribuida —consistente en iniciar un viaje al extranjero el día en que se encontraba con licencia médica— configuraba una infracción grave al principio de probidad administrativa ni justificaba la aplicación de la sanción más gravosa contemplada en la normativa.

En particular, el fallo sostuvo que la resolución sancionatoria “no da cumplimiento a las exigencias de motivación de los actos administrativos”, lo que impide comprender cómo se configura la infracción y obstaculiza el control de la decisión adoptada.

Asimismo, concluyó que la autoridad no realizó un análisis concreto de las circunstancias del caso, omitiendo considerar factores relevantes como el horario en que se produjo el viaje, la extensión de la licencia médica y la trayectoria funcionaria de la actora, lo que impidió ponderar adecuadamente la proporcionalidad de la sanción, asumiendo de forma automática que el incumplimiento del reposo constituía una falta grave a la probidad.

Finalmente, la Corte estimó que la calificación de la conducta y la aplicación de la destitución carecían de justificación racional suficiente, configurándose un acto ilegal que vulnera la garantía de igualdad ante la ley.

En consecuencia, la Corte de Santiago acogió el recurso de protección, sin costas, dejó sin efecto las resoluciones que dispusieron la destitución y ordenó reabrir el sumario administrativo, disponiendo además la reincorporación de la docente y el pago de las remuneraciones dejadas de percibir.

Vea sentencia Corte de Santiago Rol N°23735-2025 (Protección).

Te puede interesar

Newsletter

Lo esencial del derecho, cada mañana

Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.