Acción de Protección
Reclamo administrativo
Corte ordena reabrir reclamo de exfuncionario PDI dado de baja tras cuestionar actuar de Contraloría
La Corte de Santiago acogió el recurso de protección presentado por un exagente de la PDI y anuló las actuaciones realizadas tras el rechazo formal de su reclamación administrativa, al concluir que la Contraloría General incumplió su deber legal de derivar oportunamente el recurso a la autoridad competente, privándolo de una revisión efectiva de la sanción disciplinaria que terminó con su expulsión de la institución.

La Corte de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto por un exagente policial de la Policía de Investigaciones de Chile (PDI) en contra de la Contraloría General de la República, dejando sin efecto las actuaciones posteriores a la interposición del reclamo deducido contra la resolución que dispuso su baja por mala conducta. Ello, tras concluir que el ente contralor incumplió su deber legal de remitir los antecedentes a la autoridad competente y privó al recurrente del derecho a obtener un pronunciamiento sobre el fondo de su impugnación.
El recurrente expuso que ingresó a la PDI en 2019 y que, en julio de 2021, mientras se encontraba con permiso administrativo en Puerto Montt, fue detenido luego de una discusión ocurrida en el domicilio de un conocido, siendo imputado por amenazas simples con arma de fuego. Indicó que el arma institucional permaneció guardada en todo momento y que el procedimiento penal culminó con sobreseimiento definitivo en febrero de 2023.
Añadió que, a raíz de dichos hechos, la PDI instruyó un sumario administrativo que concluyó con la imposición de la medida disciplinaria de baja por mala conducta, confirmada por el Director General mediante Resolución Exenta N°113, de 25 de abril de 2022.
Sostuvo que dedujo oportunamente reclamo ante la Contraloría Regional de Antofagasta, el que no fue conocido en el fondo debido a que fue presentado directamente ante dicho organismo y no a través de la Dirección General de la PDI, como exigía el artículo 53 del Reglamento de Sumarios Administrativos de la institución.
Indicó que posteriormente interpuso un nuevo reclamo contra la resolución terminal del procedimiento sumarial, el que fue declarado extemporáneo por la Contraloría General de la República, argumentándose que el acto reclamable era la resolución sancionatoria original de 2022 y no el acto terminal de 2023.
Afirmó que la actuación de la Contraloría resultó ilegal y arbitraria, pues se negó a revisar el fondo de sus impugnaciones por razones meramente formales, privándolo del control de legalidad administrativa y vulnerando las garantías de igualdad ante la ley y debido proceso.
Solicitó, en definitiva, que se dejara sin efecto la Resolución Exenta N°E24.435/2025 y se ordenara a la Contraloría pronunciarse sobre el fondo de su reclamo.
La Contraloría General de la República solicitó el rechazo del recurso, alegando, en primer término, que la acción era extemporánea, puesto que el verdadero agravio derivaba de la baja decretada por la PDI y de resoluciones dictadas en 2022 y 2023.
Añadió que el recurrente no interpuso el reclamo conforme al procedimiento establecido en el artículo 53 del Reglamento de Sumarios Administrativos de la PDI, ya que debía presentarlo ante la Dirección General de la institución y no directamente ante la Contraloría Regional de Antofagasta.
Sostuvo además que el recurso de protección no constituye la vía idónea para revisar el mérito de las sanciones disciplinarias ni la ponderación de la prueba efectuada en el respectivo sumario administrativo.
La Corte de Santiago acogió la acción constitucional, concluyendo que la Contraloría General de la República incurrió en un actuar ilegal al abstenerse de tramitar adecuadamente el reclamo deducido contra la resolución sancionatoria original.
En particular, el fallo razonó que “al abstenerse de resolver conforme a la ley el reclamo que fuera dirigido en contra del dictamen calificado como determinante, ha quebrantado el mandato contenido en el artículo 14 de la Ley N°19.880, que le imponía remitir, de inmediato, los antecedentes a la autoridad que debía pronunciarse sobre el mismo, informando de ello al interesado”.
La sentencia sostuvo además que “el actor ha sido sometido, con infracción de ley, a un trato desigual, carente de justificación racional o razonable, privándole del derecho al recurso al omitir la recurrida el cumplimiento de los deberes que le impone la Ley 19.880”.
El tribunal concluyó que la actuación impugnada vulneró la garantía de igualdad ante la ley del recurrente, al impedirle obtener una revisión efectiva de la sanción disciplinaria aplicada en su contra mediante exigencias formales que la propia autoridad estaba obligada a subsanar conforme a la normativa sobre procedimiento administrativo.
En consecuencia, la Corte acogió el recurso de protección y decretó la invalidación de todo lo obrado en el procedimiento sumarial seguido contra el actor con posterioridad a la interposición del reclamo deducido contra la Resolución Exenta N°113, de 2022.
Se ordenó además a la Contraloría General de la República remitir dicho recurso a la autoridad competente prevista en el artículo 53 del Reglamento de Sumarios Administrativos de la PDI, a fin de que se efectúe el examen de admisibilidad correspondiente, se emita un pronunciamiento sobre el fondo y continúe la tramitación del procedimiento conforme a derecho.
Vea sentencia de la Corte de Santiago Rol N°18.735-2025 (Protección).
Temas
Te puede interesar

Acción de Protección
Corte frena cobros de CMR por fraude telefónico

Acción de Protección
Corte deja sin efecto destitución de profesora por viaje al extranjero durante licencia médica

Acción de Protección
Corte ordena devolver $5,4 millones sustraídos en transferencias a cliente de banco

Acción de Protección
Restricción de salida en estación de servicio fue legal, confirma Corte Suprema