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Acción de Protección

Acción de protección acogida

Corte ordena a colegio de Ovalle garantizar atención médica a estudiante con diabetes

Concluye que la negativa del establecimiento a disponer de personal capacitado para asistir al menor constituye una vulneración a su derecho a la salud, integridad física y a la inclusión escolar.

Por José Manuel Larraguibel·14 de junio de 2025·4 min de lectura
Imagen: gob.cl
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La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso de protección interpuesto por la madre en representación de su hijo de 10 años, diagnosticado con diabetes mellitus tipo I, en contra de la Municipalidad de Ovalle, en su calidad de sostenedora del Liceo Bicentenario de las Artes Eliseo Videla Jorquera, y ordena que el establecimiento disponga de personal capacitado para administrar medicamentos y brindar primeros auxilios durante la jornada escolar, decisión que fue confirmada en alzada por la Corte Suprema.

La madre alegó que su hijo, de 10 años, fue diagnosticado en 2020 con diabetes mellitus tipo I, lo que exige cinco inyecciones diarias de insulina que él aún no puede administrarse solo. Esta condición la obliga a acompañarlo diariamente al colegio, lo que ha afectado gravemente su vida personal y laboral. Pese a solicitar apoyo al establecimiento, solo se le permitió permanecer en una sala para asistir al menor. Además, el colegio rechazó una capacitación gratuita ofrecida por la doctora tratante para preparar a un funcionario en la administración del medicamento, cerrando toda alternativa de apoyo institucional.

Por su parte, la Municipalidad de Ovalle, en su calidad de sostenedora del establecimiento, solicitó el rechazo del recurso, argumentando la inexistencia de actos ilegales o arbitrarios. Alegó además vicios formales en la acción, como la falta de claridad en la parte petitoria y la extemporaneidad del libelo. En cuanto al fondo, sostuvo que no existe obligación legal de contar con personal capacitado para administrar medicamentos y que el recurso de protección no era el mecanismo adecuado para resolver una materia que, a su juicio, debía discutirse en sede jurisdiccional ordinaria.

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