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Acción de Protección

Recurso de protección rechazado.

Acción de protección contra Hospital San Juan de Dios por alta de paciente cuyos familiares alegaron no contar con recursos económicos para su cuidado, pierde oportunidad al haber sido trasladado al domicilio de su hermana.

Tuvo en consideración que, dado que el paciente fue trasladado al domicilio de su hermana el 7 de octubre de 2024, no se configuró un acto arbitrario o ilegal que justifique la protección constitucional solicitada, perdiendo así oportunidad la acción.

Por Francisca Atenas·04 de enero de 2025·2 min de lectura
santiagoregion.com
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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección interpuesto en contra del Hospital San Juan de Dios por el alta otorgada al padre de la actora.

La recurrente sostuvo que su padre se encuentra hospitalizado en el Hospital San Juan de Dios, y que el 19 de junio de 2024 se les solicitó autorización para una traqueostomía, pero al no dar su consentimiento debido a las bajas probabilidades de éxito, el hospital decidió dar de alta a su padre, a pesar de que no cuentan con los recursos económicos necesarios para proporcionarle los cuidados requeridos, por lo que solicitó que se ordene que su padre permanezca en el hospital.

El recurrido instó por el rechazo de la acción, señalando que, debido a la voluntad manifestada por los hijos del paciente de no hacerse cargo de su padre ni permitir su regreso al inmueble que ocupaba previamente, se realizó una denuncia en el Tribunal de Familia por posible abandono. Además, indicó que la hermana del paciente puede recibir al paciente una vez otorgado el alta.

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