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Acción de Protección

No hay vulneración actual de derechos constitucionales.

Acción de protección contra ENEL y Corporación Municipal de Tiltil por corte de suministro eléctrico en establecimientos educacionales, se rechaza tras alcanzarse un convenio de pago con el Alcalde.

La conducta denunciada, el corte de suministro eléctrico, fue subsanada con el restablecimiento del servicio tras un convenio de pago con ENEL. Dado que el riesgo de un nuevo corte de electricidad fue eliminado y el pago se encuentra al día, no se observó vulneración actual de derechos constitucionales.

Por Francisca Atenas·10 de enero de 2025·3 min de lectura
chicureohoy.cl/
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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de protección interpuesto en contra de ENEL Distribución Chile S.A. y la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Tiltil, por el corte de suministro eléctrico que afectó a 9 establecimientos educacionales y la omisión de regularizar el acuerdo de pago de la deuda por suministro eléctrico.

La recurrente expuso que la Corporación Municipal de Tiltil administra nueve establecimientos educacionales, de los cuales ocho se encuentran en zonas rurales, con una matrícula de 1.982 estudiantes en marzo de 2024.

Señaló que la Corporación ha incumplido sistemáticamente la normativa educacional, especialmente en lo relacionado con las obligaciones previsionales y de salud del personal, lo que ha causado interrupciones en el servicio educativo. Además, informó que debido a la falta de liquidez y embargos, el Alcalde de Tiltil solicitó la designación de un administrador provisional para garantizar la continuidad del servicio.

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