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Nacional

Tribunal Constitucional — Amparo previsional

TC declara improcedente demanda de amparo contra la ONP por defecto en la sucesión procesal

El Tribunal Constitucional rechazó el amparo presentado en representación de una sucesión procesal contra la Oficina de Normalización Previsional, en resolución interlocutoria que resolvió cuestión previa sobre la legitimidad para obrar de los demandantes.

Por Redacción·16 de junio de 2026·Rol 04008-2025-AA
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El Tribunal Constitucional resolvió declarar improcedente la demanda de amparo formulada en el Expediente 04008-2025-AA contra la Oficina de Normalización Previsional (ONP), mediante resolución interlocutoria expedida en junio de 2026.

La demanda fue presentada por representantes en calidad de sucesión procesal, actuando en nombre de una persona fallecida que había iniciado un proceso constitucional de amparo contra la ONP. El caso fue conocido por el Pleno del Tribunal Constitucional.

La resolución que declaró la improcedencia respondió a un análisis de cuestión previa vinculada a la legitimidad para obrar y los requisitos formales de la sucesión procesal en procesos constitucionales. El Tribunal evaluó si los representantes que continuaron el proceso después del fallecimiento de la demandante original cumplían con los presupuestos procesales exigidos para la válida prosecución del amparo ante la jurisdicción constitucional.

Esta resolución interlocutoria constituye una decisión de trámite que resuelve una cuestión de admisibilidad antes de entrar al análisis del fondo de la controversia previsional. La improcedencia determina que la demanda no puede continuar su tramitación en esta vía constitucional conforme a los parámetros establecidos en la jurisprudencia del Tribunal sobre sucesión procesal en amparos.

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