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Nacional

Elecciones Municipales 2026

JNE: Proclamación de López Aliaga como senador no impide postular a regidor

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones revocó la resolución del JEE Lima Centro y ordenó proseguir con el trámite de inscripción de la candidatura para las Elecciones Municipales 2026.

Por Redacción·20 de julio de 2026
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El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró fundada la apelación presentada por Renovación Popular y revocó la decisión del Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro que había declarado improcedente la inscripción de las candidaturas de Rafael López Aliaga, Guillermo Valdivieso Méndez y Mario Luna Ciudad para las Elecciones Municipales 2026.

Con este pronunciamiento, el máximo órgano electoral ordenó al JEE Lima Centro continuar con el trámite correspondiente respecto de dichas postulaciones. La controversia central giró en torno al caso de López Aliaga, quien fue proclamado senador para el periodo 2026-2031, pero no completó el procedimiento de incorporación, no prestó juramento ni inició el ejercicio de la función parlamentaria.

El JNE precisó que esa situación concreta "no configura, por sí sola, un impedimento para postular a un cargo de elección popular". Según la resolución, "esta conclusión no supone desconocer la eficacia de la proclamación ni admitir, con carácter general, la renunciabilidad del mandato legislativo; únicamente reconoce que la situación jurídica concreta del candidato […] no se encuentra expresamente prevista por el legislador como causal de impedimento".

El tribunal subrayó que extender el impedimento contemplado en la Ley de Elecciones Municipales a un supuesto distinto implicaría ampliar el alcance de una norma restrictiva de derechos políticos, en contravención de los principios de legalidad, interpretación estricta y conservación de la voluntad popular. Respecto de Valdivieso Méndez, se aplicaron fundamentos similares, mientras que el caso de Luna Ciudad se refirió al cumplimiento del requisito de domicilio.

Las normas electorales peruanas establecen una serie de impedimentos para postular a cargos de elección popular, consagrados en la Ley de Elecciones Municipales y otras disposiciones. Sin embargo, de acuerdo con la jurisprudencia del propio JNE, estas restricciones deben interpretarse de manera restrictiva, en virtud del principio de favor libertatis y la maximización de los derechos políticos. Con esta decisión, el expediente retoma su trámite ante el JEE de Lima Centro para continuar con el proceso de inscripción.

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